Una de las situaciones más comunes en las demandas de alimentos ocurre cuando el progenitor obligado aporta montos muy bajos o argumenta que se encuentra sin empleo para no pagar.
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En el programa El Klub de La Kalle, el abogado Francisco Bernate Ochoa aclaró que la cuota de alimentos se calcula considerando las necesidades reales del menor y la capacidad económica de los padres.
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Sin embargo, cuando un padre asegura en una comisaría de familia o juzgado que no tiene trabajo o que labora en el sector informal (como conduciendo un vehículo o vendiendo de forma independiente), la legislación colombiana protege los derechos de los niños a través de la Ley 1098, conocida como el Código de Infancia y Adolescencia.
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Esta ley establece la presunción legal de que todo padre en Colombia devenga, como mínimo, un salario mínimo legal vigente. Por lo tanto, el juez o comisario de familia fijará el monto obligatorio sobre la base de esa presunción, sin que el desempleo sirva como excusa para librarse de la obligación.
En contraste, si el proceso se traslada a la vía penal ante la Fiscalía General de la Nación, allí sí se requerirá probar los ingresos reales que percibe el demandado.
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¿Cuáles son los requisitos para fijar la cuota y qué pasa si el obligado no cumple?
Para iniciar formalmente el trámite de fijación o incremento de una cuota alimentaria, la persona que tiene la custodia del niño debe acreditar tres elementos fundamentales ante la autoridad:
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- El documento que demuestre la filiación o relación de padre e hijo (registro civil).
- La relación o lista detallada de los gastos mensuales que requiere el menor.
- La demostración de que el progenitor que cuida al niño no puede cubrir la totalidad de esos gastos con sus propios ingresos.
Una vez establecida la cuota alimentaria, el monto no se queda congelado. La normativa colombiana exige que este valor se actualice e incremente cada año tomando como referencia el aumento del salario mínimo o el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
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Finalmente, si el padre decide ignorar la cuota fijada y deja de aportar el dinero correspondiente, comete el delito de inasistencia alimentaria. Tal como señaló el abogado Bernate, se trata de un delito grave que permite iniciar un proceso penal contra la persona incumplida.