A partir del próximo 7 de julio, Colombia dará un paso significativo en la lucha contra la contaminación ambiental con la entrada en vigor de la prohibición de los plásticos de un solo uso, en cumplimiento de la ley 2232 de 2022.
Según datos proporcionados por la Clínica Jurídica de Medio Ambiente y Salud Pública de la Universidad de los Andes y Greenpeace, un colombiano promedio genera alrededor de 24 kg de plástico al año, subrayando la necesidad urgente de esta regulación.
Desde el 7 de julio de 2024, seis productos plásticos que no ofrezcan alternativas sostenibles, como ser reutilizables, biodegradables o fabricados con materia prima reciclada, no podrán ser producidos ni comercializados en Colombia.
Estos son los productos vetados que frecuentemente son usados en el hogar:
- Mezcladores y pitillos para bebidas
- Bolsas de punto de pago utilizadas para cargar o transportar mercancías
- Bolsas utilizadas para embalar periódicos, revistas, publicidad y facturas,
- Rollos de bolsas vacías en superficies comerciales
- Soportes plásticos para las bombas de inflar
- Soportes plásticos de los copitos de algodón.
Acoplásticos aclaró que las bolsas plásticas reutilizables no están consideradas como productos de un solo uso y, por lo tanto, podrán seguir comercializándose. Sin embargo, las empresas que quieran continuar operando deben buscar alternativas sostenibles que eliminen el impacto ambiental de estos seis productos específicos.
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El Ministerio de Ambiente estipuló un plazo de 12 meses para que las empresas que se dedican a la producción de estos plásticos cumplan con los requisitos y obtengan las certificaciones necesarias. Esta medida tiene como objetivo permitir una transición gradual hacia opciones más sostenibles y menos dañinas para el medio ambiente.
Plásticos de un solo uso exentos de la prohibición
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Ciertos plásticos de un solo uso estarán exentos de la prohibición. Estos incluyen los destinados a propósitos médicos por razones de asepsia e higiene, así como aquellos necesarios para la conservación y protección médica, farmacéutica y/o de nutrición clínica que no cuenten con materiales alternativos. También están exentos los plásticos utilizados para contener productos químicos que presenten riesgo a la salud humana o al medio ambiente durante su manipulación, y los que se emplean para conservar alimentos, líquidos y bebidas de origen animal, así como alimentos o insumos húmedos elaborados o preelaborados que, por razones de asepsia o inocuidad, requieren de bolsa o recipiente de plástico de un solo uso.
Con esta nueva regulación, Colombia se une a la creciente lista de países que toman medidas contundentes para reducir la contaminación plástica y promover prácticas más sostenibles. Esta prohibición no solo busca mitigar el daño ambiental, sino también fomentar una cultura de responsabilidad y cuidado del planeta.
Puedes ver: Los seis productos plásticos que desaparecerán en Colombia