El cambio ya está sobre la mesa. Con la Resolución 000813 del 28 de abril de 2026, el Ministerio de Salud ajustó las condiciones bajo las cuales se maneja el derecho a la muerte digna en el país, abriendo nuevas posibilidades para los pacientes y dejando tareas claras para las EPS.
La actualización no es menor. Hasta ahora, el acceso a este procedimiento estaba ligado principalmente a pacientes en fases avanzadas de enfermedades, pero con la nueva norma el panorama se amplía.
Desde este momento, también podrán solicitarlo personas que, aunque no estén en una etapa final de vida, enfrentan un sufrimiento intenso derivado de una enfermedad grave e incurable o de una condición de salud extrema.
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Este punto marca una diferencia importante frente a lo que se venía aplicando. La medida responde a decisiones previas de la Corte Constitucional, que había señalado la necesidad de facilitar el acceso y evitar barreras que dificultaran ejercer este derecho.
El enfoque ahora no se limita a un solo procedimiento. La norma plantea una visión más amplia del concepto de muerte digna, incluyendo distintas alternativas que deben ser presentadas al paciente de forma clara. Esto implica que la persona no solo tenga la opción de solicitar la eutanasia, sino que también pueda conocer otros caminos dentro del manejo de su condición.
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EPS deberán garantizar acceso ágil y respetar la decisión del paciente
Dentro de este nuevo esquema, las EPS tienen un papel clave. La resolución establece que deben garantizar el acceso sin demoras innecesarias y asegurar que el proceso se realice bajo condiciones adecuadas. Esto incluye acompañamiento, evaluación médica y la verificación de que se cumplan todos los requisitos establecidos.
Además, se refuerza la autonomía del paciente. Es decir, la decisión debe partir de una manifestación libre, informada y voluntaria. El sistema de salud está obligado a respetar esa voluntad, siempre que se cumplan los criterios definidos en la normativa.
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Otro punto que toma relevancia es la claridad en los procedimientos. La actualización busca evitar confusiones o interpretaciones distintas entre entidades de salud, estableciendo lineamientos más precisos sobre cómo actuar en cada caso. Esto incluye tiempos de respuesta, rutas de atención y responsabilidades de los equipos médicos.
La medida también deja claro que no se trata de un proceso automático. Cada solicitud debe ser evaluada, revisada y validada por profesionales de la salud, quienes determinarán si se cumplen las condiciones requeridas. Este paso es fundamental dentro del procedimiento.
El cambio llega en un momento en el que el debate sobre este tema sigue presente en distintos sectores. Con esta resolución, el Gobierno busca ajustar el marco normativo a las decisiones judiciales y a las necesidades que han venido planteando pacientes y expertos en salud.
Mientras tanto, las EPS deberán adaptarse a estas nuevas reglas, organizando sus procesos internos para cumplir con lo establecido. Esto implica ajustes operativos, capacitación y seguimiento constante para garantizar que el derecho se respete dentro de los parámetros definidos.
Atención
— Ronny Suárez Celemín (@RonnySuarez_) April 30, 2026
Ahora los colombianos podrán acceder a la eutanasia sin tener una condición terminal, siempre que exista sufrimiento intenso por condición grave e incurable, según la Resolución 813 de 2026 del @Minsaludcol, que actualiza y unifica la regulación del derecho a morir… pic.twitter.com/QJGQTH23lO
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