
¿Colegios pueden devolver estudiantes que no porten el uniforme?
Con el regreso a las clases muchos padres de familia se preguntan qué pasa si envían a sus hijos a clase sin el uniforme escolar. Esto dice la normatividad.

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El inicio del año escolar trae consigo un desafío habitual para los padres: la compra de útiles y uniformes . Sin embargo, casos conocidos reavivaron el debate sobre si los colegios tienen el derecho de negar la entrada a estudiantes por no cumplir con las normas del uniforme.
Un ejemplo ocurrió el año pasado y tuvo lugar en el sur de Bogotá, donde un padre denunció que su hija no pudo ingresar al colegio porque llevaba tenis de un color diferente al establecido en el manual de convivencia.
“Uno les compra todo lo que piden, pero por no tener los tenis adecuados, ¿no la van a dejar entrar?” , cuestionó el padre en un video que se viralizó en redes sociales.
El colegio Liceo Madrigal, ubicado en Ciudad Bolívar, respondió afirmando que nunca negaron el acceso de la estudiante y que solo se trató de una recomendación al padre.
Una vocera de la institución señaló que, en sus 30 años de funcionamiento, jamás han negado clases a ningún alumno por asuntos relacionados con el uniforme. Sin embargo, la versión del padre y de la menor contradice esta declaración, argumentando que no le permitieron ingresar.
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No, los colegios no tienen facultad para negar el ingreso de estudiantes por no portar el uniforme. De hecho el Ministerio de Educación, mediante la Directiva 07 de 2010, estableció que los colegios no pueden condicionar el acceso de los estudiantes al cumplimiento estricto de las normas del uniforme.
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Entre las claves que contempla la norma, destacan:
Además, la Corte Constitucional recordó que los manuales de convivencia deben respetar los derechos fundamentales y no pueden imponer normas arbitrarias que no guarden relación con el propósito educativo. Esto incluye restricciones sobre vestimenta, accesorios o apariencia física .
Si un estudiante es rechazado por motivos relacionados con el uniforme, los padres pueden acudir a la secretaría de educación de la ciudada o municipio donde se encuentren. Estas entidades son responsables de inspeccionar y vigilar el cumplimiento de las normativas educativas.
La educación en Colombia es un derecho fundamental protegido por la Constitución, la Ley General de Educación y el Código de Infancia y Adolescencia. Por ello, ningún estudiante puede ser privado de este derecho debido a incumplimientos menores como el color de los tenis.
Este caso pone en evidencia la necesidad de reforzar la vigilancia y sensibilización en los colegios para garantizar que todos los niños y jóvenes reciban la educación que merecen sin barreras innecesarias.
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