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Lo que debes incluir sí o sí en el contrato de arrendamiento en 2025; evita problemas

Entérate de los aspectos esenciales que debes incluir un contrato de arrendamiento en Colombia según la Ley 820 de 2003. Evita problemas legales y protege tus derechos.

Imagen de referencia sobre contrato de arrendamiento, entrega de llaves para disfrute de la vivienda
Imagen de referencia sobre contrato de arrendamiento, entrega de llaves para disfrute de la vivienda
/Foto: Getty Images

En Colombia, casi la mitad de los habitantes vive en arriendo o subarrendando, según estudios recientes. Sin embargo, no todos conocen los elementos esenciales que deben incluirse en un contrato de arrendamiento para garantizar claridad y protección a ambas partes.

La Ley 820 de 2003, que regula el arrendamiento de vivienda urbana, establece pautas claras sobre cómo deben estructurarse estos contratos. Este artículo responde a las preguntas más comunes sobre el tema, ayudándote a entender lo esencial para evitar inconvenientes. Empieza a ponerlos en práctica con el inicio del nuevo año 2025.

¿Qué es un contrato de arrendamiento urbano?

Un contrato de arrendamiento urbano es un acuerdo entre dos partes: el propietario, que permite el uso de un inmueble con fines residenciales, y el inquilino, que paga un valor acordado por este uso. Según el artículo 2 de la Ley 820, este contrato puede cubrir el arriendo total o parcial de una vivienda y detalla obligaciones recíprocas entre las partes.

¿Se deben autenticar siempre los contratos de arrendamiento?

Aunque la ley permite contratos verbales o escritos, se recomienda hacerlo por escrito y autenticar las firmas. Esto asegura mayor claridad y evita malentendidos o disputas legales. Un contrato escrito debe incluir:

  • Identificación de las partes.
  • Características del inmueble.
  • Valor y forma de pago del arriendo.
  • Duración del contrato.
  • Servicios públicos y adicionales a cargo de cada parte.

Aunque la autenticación no es obligatoria, es una medida de seguridad adicional que evita problemas como suplantaciones.

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Dos elementos que deben ser incluidos en contratos de arrendamiento

La Ley 820 distingue entre servicios y características inherentes al inmueble (usos conexos) y aquellos adicionales que puede ofrecer el arrendador.

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Usos conexos: Son los servicios básicos que facilitan la habitabilidad del inmueble, como agua, gas, energía, acceso a zonas comunes (en propiedades horizontales) o elementos como chimeneas o saunas dentro de la vivienda.

Usos adicionales: Son servicios opcionales ofrecidos por el arrendador, como alimentación y lavandería en propiedades estudiantiles, parqueaderos, bodegas o administración de propiedades horizontales. Estos servicios deben pactarse expresamente en el contrato.

Incluso si ninguno de estos servicios adicionales serán prestados es importante que en el contrato se aclare que el inmueble no contará con ningún tipo de usos adicionales como parqueaderos, bodegas, etc.

Importancia de la claridad en los contratos

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Un contrato de arrendamiento bien estructurado protege tanto al arrendador como al arrendatario. Además de cumplir con los requisitos legales, evita conflictos relacionados con pagos, servicios o condiciones de uso del inmueble.

Con la tecnología actual, este documento puede firmarse en formato físico o digital, siendo ambos igualmente válidos. Sin embargo, lo fundamental es garantizar que los términos sean claros y estén debidamente documentados.

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Si estás por arrendar o alquilar un inmueble, toma en cuenta estas recomendaciones. La Ley 820 de 2003 es una guía clave para que tanto propietarios como inquilinos puedan cumplir con sus derechos y obligaciones.

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