Multa a conductores que ponen accesorios a su moto; freno a creativos en exceso
El Código Nacional de Tránsito Terrestre estipulan requisitos que deben cumplir vehículos decorados en Halloween para no recibir sanciones por la Secretaría de Movilidad de Bogotá.
Halloween, motos disfrazadas, imagen de referencia
Se acerca el 31 de octubre y la tradición de disfrazarse no se queda solo en las personas, muchos conductores quieren adornar sus vehículos para entrar en ambiente en Halloween.
La Secretaría de Movilidad de Bogotá aclara que no existe una sanción directa por “vestir” el carro, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos básicos de seguridad y visibilidad.
La norma clave aparece en el artículo 130 del Código Nacional de Tránsito Terrestre, que impone sanciones por incumplimiento de normas de visibilidad y reconocimiento del vehículo.
Por ejemplo, si al decorar tu carro ocultas la placa, luces o vidrios de forma que se obstaculice tu conducción o la identificación vehicular, la autoridad de tránsito puede imponer multa equivalente a ocho salarios mínimos legales diarios vigentes.
Halloween, disfraces de vehículos, imagen de referencia
Foto: generada por ImageFX
¿Cuáles son los requisitos para poder decorar mi carro o moto?
Para que la decoración sea legal, debes cumplir con los siguientes puntos:
Placa visible y sin obstáculos que impidan su lectura.
Luces delanteras y traseras libres de adornos que impidan su funcionamiento.
Vidrios que no estén tan tapados que limiten visibilidad del conductor o de los demás usuarios de la vía.
Evitar propaganda o adhesivos en vidrios o partes del vehículo que obstaculicen visión o identificación.
Si alguno de esos requisitos no se respeta, el resultado puede ir desde multa hasta inmovilización del vehículo.
Si cambias el color de la moto, actualiza la información en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) para que coincida con la tarjeta de propiedad.
Evita instalar calcomanías en vidrios que obstruyan la visión o cubrir colores al punto de cambiar la apariencia registrada.
No alteres el sistema de escape, ni elimines el silenciador la norma antirruido lo considera infracción grave.
Aunque la intención sea festiva, la autoridad no hará excepción sólo porque sea Halloween, la normativa sigue vigente y se aplica para garantizar seguridad vial, no importa si el carro lleva calabazas o telarañas.
Si quieres entrar al espíritu de la fecha y disfrazar tu vehículo, hazlo responsablemente, usa adornos que puedas retirar fácilmente, coloca los elementos de manera que no interfieran con la placa, las luces o la visibilidad.
¿Qué pasa si cambio el color de mi moto?
Si cambias el color de la moto sin actualizar la tarjeta de propiedad, puedes recibir una multa de hasta 15 Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV), para el año 2025 eso equivale a aproximadamente $711.750 COP.
Si le pones adhesivos que cubran vidrios o placas y obstaculizan la visibilidad o la identificación, la infracción puede ser de 8 SMDLV aproximadamente $379.600 COP para 2025 por conducir con elementos que obstaculicen visibilidad.
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Además, modificaciones como cambios en el escape para generar más ruido están también en la mira. Con la nueva Ley 2450 de 2025 antirruido se podrán imponer multas grandes e incluso inmovilización para motos con escapes alterados o sin silenciador. Requisitos para evitar multa