
Así puedes calcular el aumento en pensiones y matrículas en colegios privados para 2026
El aumento en matrículas ya está definido; descubre cómo saber si tu colegio sube más que otros.

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El Ministerio de Educación Nacional definió cuánto podrán subir las matrículas y pensiones de los colegios privados el próximo año. La decisión quedó consignada en la Resolución 019805, donde se detallan los porcentajes máximos que podrán aplicar las instituciones educativas en sus cobros para 2026.
El punto de partida fue el Índice de Precios al Consumidor (IPC), que en agosto de 2025 registró una variación anual del 5,10 %, según el DANE. Sobre esa base se calculan los ajustes permitidos, aunque los colegios podrán añadir porcentajes adicionales si cumplen con criterios específicos relacionados con la calidad educativa, la inclusión y el trato laboral a los docentes.
De acuerdo con el tipo de institución, las alzas irán desde un 5,26 % hasta un 9,1 %. Los colegios con mejores indicadores de desempeño o certificaciones de calidad tendrán más margen para subir sus tarifas, mientras que aquellos con bajo rendimiento deberán limitarse a los mínimos.
El Ministerio distingue cuatro niveles de libertad tarifaria:
· Los colegios acreditados en alta calidad podrán aumentar hasta un 1 % adicional al IPC.
· Aquellos que se rigen por autoevaluación institucional podrán sumar un 0,83 %.
· Los que están bajo libertad vigilada alcanzarán un 0,66 % extra.
· Los de régimen controlado no tendrán incrementos adicionales.
A esto se agregan estímulos por desempeño en tres áreas:
· Permanencia estudiantil: según los resultados en retención y aprobación, los aumentos adicionales irán de 0,16 % a 0,5 %.
· Atención inclusiva: los colegios con matrícula activa de estudiantes con discapacidad podrán sumar un 0,3 %.
· Reconocimiento docente: hasta 2,2 % extra si la institución paga a sus maestros conforme al escalafón oficial del Decreto 2277 de 1979.
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De esta forma, un colegio con acreditación de calidad, alto índice de permanencia y docentes bien remunerados podría llegar al tope del 9,1 %, mientras que uno con régimen controlado y sin incentivos adicionales se mantendrá en el 5,10 %.
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La resolución también refuerza las obligaciones de los colegios privados. Aquellos en régimen controlado deberán presentar planes de mejora con metas verificables, y todas las instituciones deberán cumplir las siguientes disposiciones:
· Está prohibido exigir la compra de útiles o uniformes en lugares específicos.
· Las listas escolares deben ser aprobadas por el Consejo Directivo y registradas en la plataforma EVI.
· Los servicios de transporte, alimentación y alojamiento deben respetar los topes normativos.
· Ningún estudiante podrá ser sancionado o retirado por falta de pago.
La vigilancia de estos incrementos estará a cargo de las Secretarías de Educación, responsables de autorizar los ajustes antes del inicio de los procesos de matrícula del año 2026.