La obligación alimentaria en Colombia está regulada por normativas como el Ley 1098 de 2006, también conocida como Código de Infancia y Adolescencia, la cual establece que los montos para la cuota alimentaria se fijan atendiendo a las necesidades reales del menor o beneficiario como los siguientes:
- Hasta los 18 años: la obligación alimentaria general termina al alcanzar la mayoría de edad.
- Hasta los 25 años: la obligación se puede extender si el beneficiario continúa estudiando de manera continua y dependiente económicamente.
- Discapacidad: si el beneficiario tiene una discapacidad física o mental que le impide trabajar, la obligación puede ser indefinida.
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Uno de los puntos más relevantes es que legalmente existe un límite máximo que puede establecerse de hasta el 50 % del salario del obligado, esto significa que, aunque no hay una fórmula fija y universal, ese tope sirve como referencia límite permitido.
Para el año 2025, por ejemplo, con un salario mínimo mensual legal vigente de COP $1.423.500, el límite máximo calculado para la cuota alimentaria sería COP $711.750,es decir, el 50 % de ese salario mínimo.
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¿Qué factores podrían afectar la cuota alimentaria en 2026?
- Salario mínimo de 2026: el valor final dependerá del nuevo salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV) que se establezca para 2026.
- Límite legal: la cuota no debe exceder el 50% de los ingresos del obligado, aunque este límite puede variar y generalmente se fija entre el 30% y el 50% según las necesidades del beneficiario y la capacidad económica del obligado.
- Acuerdo o decisión judicial: el monto puede ser acordado directamente entre las partes, en caso de desacuerdo, fijado por un juez de familia, un inspector de policía o un comisario de familia tras evaluar las pruebas: ingresos, gastos, entre otros.
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¿Qué esperar para 2026 en el valor de la cuota alimentaria?
Si se confirma un aumento moderado del salario mínimo, por ejemplo +7 %, y se mantiene la regla de que la cuota no puede superar el 50 %, entonces el tope máximo para la cuota alimentaria podría rondar unos COP $760.000 mensuales aproximadamente el 50 %.
En un escenario más amplio del 10 %, un salario mínimo estimado en ~COP $1.565.850 implicaría un posible tope máximo de cuota alimentaria de ~COP $782.925 del 50 %.
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Pero, claro, los montos reales dependerán de la sentencia o conciliación que determine otros factores, así que posiblemente muchas veces quedará por debajo del tope máximo, dependiendo de la situación económica del obligado y las necesidades del dependiente.
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Para 2026, es muy probable que la cuota alimentaria se reajuste al alza, tanto por los incrementos proyectados del salario mínimo como por ajustes vinculados a inflación. Aunque el límite legal del 50 % del salario del obligado sigue vigente, los valores reales dependerán de cada caso concreto.
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