La Fiscalía Superior de Asturias pidió tres años de cárcel, la pérdida de la patria potestad y una orden de alejamiento para una pareja que causó un daño cerebral severo a bebé de tres meses.
El Ministerio Fiscal ha presentado este viernes el escrito de conclusiones provisionales ante el Juzgado de Instrucción número 3 de Mieres que lleva la causa.
El primer incidente tuvo lugar el 13 de enero de 2020 cuando los acusados, que residían en Mieres junto a los dos hijos menores de la mujer, fueron a visitar a la madre de ella en Gijón y se quedaron unos días en la vivienda junto a su bebé de tres meses.
Ese día, el acusado, molesto porque la bebé estaba llorando, la cogió del carricoche y la lanzó al aire en cuatro o cinco ocasiones agarrándola por las axilas y, dada su corta edad, la cabeza se le fue hacia adelante y hacia atrás sin poder controlarla por su falta de madurez física y psíquica.
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Lo mismo ocurrió el 18 de febrero de 2020 cuando la acusada, ante el llanto de su hija, la zarandeó tomándola de las axilas y repitió el mismo acto sobre las cuatro de la mañana del 21 de febrero.
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La Fiscalía advierte en su escrito que los acusados no tuvieron en cuenta la fragilidad de la niña ni las graves consecuencias que le podían ocasionar con su zarandeo.
Al ser ingresada en la UCI pediátrica del HUCA la bebé presentaba bajo nivel de conciencia e hipotonía, ausencia de reacción a estímulos dolorosos, respiración superficial, taquicardia y, con posterioridad, rigidez de extremidades, movimientos erráticos de las mismas y desconexión del medio, así como dos hematomas y, tras las pruebas, se apreció, entre otras, actividad cerebral globalmente enlentecida.
La niña permaneció ingresada en la UCI pediátrica durante diecinueve días con sedo-analgesia y ventilación mecánica y le quedarán secuelas al haber sufrido daño cerebral severo, que será preciso calibrar más adelante al tratarse de una persona en pleno desarrollo.
Además, los médicos prevén que sufrirá retraso motriz grueso, déficit visual y auditivo, retraso en el lenguaje expresivo, posible alteración de la memoria y retraso mental.
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Según consta en el auto de libertad provisional dictado a la salida de la cárcel de la madre, donde permaneció ingresada nueve meses, no puede acercarse a su hija a menos de 500 metros, ni mantener contacto con ella durante la tramitación de la causa.
La niña fue declarada en situación de desamparo, asumiéndose la tutela automática por la entidad pública correspondiente.
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La Fiscalía imputa al acusado un delito de lesiones y a la madre sendos delitos de lesiones, en todos los casos en concurso ideal con un delito de lesiones imprudentes con la agravante de parentesco.
La Fiscalía pide que a la pena de prisión y la pérdida de la patria potestad durante tres años se sume una orden de alejamiento a menos de 500 metros durante 8 años y solicita que se suspendan los derechos de visitas, comunicación y estancias que la acusada pudiera tener sobre su hija, a la que tendrán que indemnizar en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia, al igual que al Sepa por los gastos médicos ocasionados.