En Colombia, un tema crucial son las referencias laborales por lo cual la Corte Constitucional dejó en claro que las empresas no pueden dar una mala referencia de un ex trabajador, quien se encuentre en la búsqueda laboral y necesite una carta de recomendación sobre esto.
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Pese a que el Código Sustantivo del Trabajo no aborda este tema de manera explícita, se conoció la posición de manera contundente de la Corte Constitucional, quien afirma que entregar una opinión negativa sobre un ex trabajador está prohibido, dado que esto sería una vulneración al derecho fundamental del trabajo.
“Cuando una empresa entrega información negativa sobre un trabajador que busca ser contratado, se está vulnerando un derecho fundamental: el derecho al trabajo”, explicó el abogado laboralista Marcial Ortiz para el medio de comunicación Semana, indicando que no se pueden usar referencias negativas intencionales.
¿Qué opina la Corte Constitucional sobre las malas referencias laborales?
Marcial explicó que los diferentes criterios de la Corte Constitucional deben usarse como una guía para la ley laboral, en especial porque mencionó que las compañías deben limitarse a dar información objetiva y verificable; como el cargo desempeñado, el tiempo de servicio, las funciones generales evitando los juicios de valor.
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En especial porque se sabe que una referencia desfavorable condiciona de manera inmediata las decisiones que tome un nuevo empleador, al punto de cerrar injustamente las puertas a quien se encuentra buscando un nuevo lugar donde continuar su vida laboral.
Así mismo, se conoció que los trabajadores afectados cuentan con mecanismos jurídicos para defenderse, si llegan a sentir vulnerados sus derechos. Entre ellos, se encuentra el derecho de petición para exigir explicaciones sobre la referencia entregada, así mismo, también aparece lo que es una acción de tutela, que obliga a la empresa a responder ante la justicia.
Sumado a esto, se sabe que en algunos casos, los jueces han ordenado a las compañías rectificar o retractarse públicamente de lo expresado, entrando en defensa de los diferentes empleados.
Por lo cual, se le recomienda a las empresas actuar con prudencia al emitir referencias y para los trabajadores, en especial tener muy presentes las herramientas legales disponibles para defender a los extrabajadores. De esta manera, se busca garantizar que el empleo no se vea restringido por valoraciones subjetivas e injustas.
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