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Truco para alargar descanso después de elecciones; no es unir la media jornada por votar

Te explicamos bajo qué condiciones puedes solicitar estos días de descanso de forma consecutiva y qué hacer si tu empresa se niega a otorgarlos.

Beneficios electorales 2026: Guía para solicitar descansos remunerados y día de la familia.
Truco para alargar descanso después de elecciones; no es unir la media jornada por votar
Foto: Gemini

Se acerca la segunda vuelta de las elecciones presidenciales en Colombia y, si eres de los que ya tiene listo su puesto de votación, seguramente te estás preguntando cómo sacar provecho de los beneficios que otorga la ley por cumplir con tu cita democrática.

Para alargar tu descanso por el día de elecciones, es importante tener en cuenta que no se trata de unir dos medias jornadas, sino de combinarlas estratégicamente con el día de la familia.

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Una de las dudas más frecuentes entre los trabajadores es si es posible unir el descanso que otorga la ley por votar con el día de la familia, para así crear un “puente” y disfrutar de varios días libres consecutivos.

Por ley, no se pueden unir dos medias jornadas por elecciones. Sin embargo, sí puedes tomar una media jornada y unirla con el día siguiente si lo solicitas como día de la familia. De esta forma, podrías contar con un día y medio de descanso si llegas a un acuerdo con tu empleador.

¿Se pueden disfrutar seguidos el día de la familia y el descanso por votar?

De acuerdo con la explicación del abogado Iván Jiménez, profesor de la Universidad Javeriana, no existe en la legislación colombiana una prohibición que impida el disfrute consecutivo de estos dos derechos.

Al ser beneficios de naturaleza distinta, puedes acordar con tu empresa tomar, por ejemplo, un día correspondiente al día de la familia y, al día siguiente, hacer uso de la media jornada que te corresponde por haber votado.

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Sin embargo, debes tener en cuenta que el descanso por votar no equivale a un día completo libre. La ley es clara al señalar que los votantes tienen derecho a media jornada de descanso compensatorio remunerado.

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Para que este beneficio sea efectivo, es indispensable que presentes tu certificado electoral, que es el único documento que demuestra tu participación en los comicios.

Otro punto vital que debes recordar es que este tiempo de descanso tiene "fecha de vencimiento": debe disfrutarse dentro del mes siguiente a la elección.

Además, la fecha exacta no la decides tú solo ni la impone tu jefe; debe existir un acuerdo entre ambas partes para coordinar cuándo te ausentarás de tus labores.

Por otro lado, el llamado "día de la familia" es un espacio creado para que compartas con tus seres queridos en el hogar.

Es importante que sepas que este beneficio tiene los días contados: desaparecerá en julio de 2026, momento en el que se hará efectiva la reducción de la jornada laboral a 42 horas semanales. Mientras tanto, sigue vigente y puede complementarse con tus beneficios electorales.

¿Cuáles son las sanciones por no respetar la media jornada electoral remunerada?

Si tu empleador se niega a reconocerte este derecho, existen mecanismos legales para reclamarlo, dependiendo de si trabajas en el sector público o privado. El descanso compensatorio es un beneficio obligatorio establecido por la ley y no una simple cortesía de la empresa.

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  • Sector Público: Si eres servidor público, puedes interponer una acción de cumplimiento. En estos casos, la falta es grave: un jefe de personal podría incluso ser destituido de su cargo por no respetar este derecho de los trabajadores.
  • Sector Privado: Si trabajas para una empresa particular, tienes la opción de presentar una queja formal ante el Ministerio de Trabajo o la inspección laboral que te corresponda. También puedes acudir a la jurisdicción laboral para reclamar el reconocimiento de tu media jornada.

Para las empresas privadas que incumplan, las consecuencias económicas son serias, ya que la sanción puede alcanzar hasta los 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes.