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Paso a paso para consolidar o renegociar una deuda bancaria y pagar menos al mes

Si te encuentras en una situación financiera difícil y ya no puedes cumplir con tus créditos, el Ministerio de Justicia ofrece una vía legal para reajustar tus obligaciones.

Cómo funciona el trámite de insolvencia para personas naturales y jurídicas
Cómo funciona el trámite de insolvencia para personas naturales y jurídicas
Foto: Gemini

En Colombia existe una figura jurídica denominada Procedimiento para negociación de deudas, un reconocimiento legal que permite a las personas (tanto naturales como jurídicas, sean comerciantes o no) que han caído en mora, reajustar sus planes de pago con los acreedores.

Este mecanismo no es simplemente una "espera" de pago; es una oportunidad institucional para proponer un plan favorable que se ajuste a tu situación financiera real, evitando que el incumplimiento de tus obligaciones crediticias te lleve a consecuencias mayores.

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¿Qué es el procedimiento de negociación de deudas y quiénes pueden solicitarlo?

Este procedimiento es una herramienta del sistema legal colombiano diseñada para quienes se encuentran en una situación de crisis económica que les impide cumplir a cabalidad con sus deudas.

Lo pueden solicitar personas naturales o jurídicas, sin importar si realizan actividades de comercio o no, siempre que se encuentren en estado de mora.

El objetivo central es permitirte renegociar con tus acreedores bajo un marco legal estructurado. Para llevarlo a cabo, debes acudir a los Centros de Conciliación, que pueden ser gratuitos o remunerados.

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Estos centros deben estar expresamente autorizados para conocer de los procedimientos de insolvencia, tal como lo dicta el artículo 533 del Código General del Proceso.

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Acudir a estas instancias te garantiza que el acuerdo al que llegues tendrá validez jurídica y protegerá tus derechos mientras intentas sanear tus finanzas.

¿Quiénes pueden actuar como conciliadores en insolvencia?

Para que tu proceso de negociación de deudas sea válido, debe ser dirigido por un profesional habilitado. Según el Decreto 2677 de 2012 (compilado en el Decreto 1069 de 2015), las personas facultadas para actuar como conciliadores en estos casos son:

  1. Conciliadores en derecho: Deben haber aprobado el Programa de Formación específico previsto por la ley y estar inscritos en la lista del Centro de Conciliación o la notaría correspondiente.
  2. Promotores de la Superintendencia de Sociedades: Aquellos inscritos para el Régimen de Insolvencia Empresarial que también figuren en las listas de los centros o notarías.
  3. Notarios: Puedes acudir directamente a una Notaría. En este caso, los notarios pueden actuar como conciliadores directamente sin necesidad de acreditar requisitos adicionales a su cargo.

Si decides realizar este trámite en un Centro de Conciliación remunerado, debes saber que el costo no es arbitrario. Las tarifas se calculan con base en el monto total del capital de las deudas que declares en tu solicitud. El valor se mide en Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV).

Por ejemplo, si tu capital adeudado es de hasta 1 SMLMV, la tarifa máxima será de 0,18 SMLMV. Si tus deudas están entre 20 y 40 SMLMV, la tarifa sube a 2,5 SMLMV.

Para casos de alta complejidad, donde la deuda supera los 400 SMLMV, la tarifa máxima permitida es de 30 SMLMV. Este sistema de escalas asegura que el costo del proceso sea proporcional a la magnitud de tu situación financiera.

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Recuerda que este procedimiento busca darte un respiro y permitirte seguir cumpliendo con tus compromisos de una forma que sea sostenible para tu economía actual.