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¿Blessd irá a la cárcel? Giro de Fiscalía en el delito cambia el rumbo del proceso

El abogado Santiago Res Palacios, apoderado del cantante y su mánager, entregó detalles del caso en los micrófonos de El Klub de La Kalle.

Fotografía del cantante Blessd junto a un recuadro legal, ilustrando el giro de la Fiscalía en su proceso judicial.
Un giro por parte de la Fiscalía en la tipificación del delito cambió el rumbo del proceso judicial de Blessd
Foto: foto montaje realizado por La Kalle; imágenes tomadas de redes sociales y La Kalle

La Fiscalía General de la Nación retiró la imputación por el delito de secuestro extorsivo agravado y reformuló los cargos por la conducta de constreñimiento ilegal, modificando de manera sustancial el panorama jurídico del cantante antioqueño Blessd y de su mánager, Santiago Jaramillo, conocido como ‘Dímelo Jara’.

Frente a esta nueva situación, el abogado penalista Santiago Tres Palacios, representante de los procesados, explicó los alcances de la decisión y la postura de la defensa durante una entrevista en El Klub de La Kalle.

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¿Qué va a pasar con Blessd?

De acuerdo con lo explicado por el abogado, el cambio en la teoría del caso de la Fiscalía representa una reducción considerable en las penas contempladas para los delitos inicialmente atribuidos y los que ahora se investigan.

Tres Palacios señaló que la imputación inicial por secuestro extorsivo contemplaba una pena mínima de 320 meses de prisión, es decir, más de 26 años. En contraste, aseguró que el delito de constreñimiento ilegal tiene un marco punitivo considerablemente menor, de entre 16 y 18 meses, y sostuvo que se trata de una conducta que no implica necesariamente una medida de aseguramiento en establecimiento carcelario.

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“Es muy diferente enfrentarnos a un proceso que nos puede llevar más de 30 años a prisión a enfrentarnos a un proceso que a lo sumo dará uno o dos años”, enfatizó el abogado durante su intervención.

El penalista también afirmó que fue la propia fiscal especializada que lleva el caso quien acudió ante un juez de control de garantías para modificar la imputación, luego de considerar, según explicó, que no existían elementos probatorios suficientes para sustentar el delito de secuestro.

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El origen del caso y los argumentos de la defensa

El proceso se originó a partir de una denuncia presentada por Andrés Felipe Sánchez, imitador del cantante Ozuna. De acuerdo con su versión, durante una reunión en un estudio de grabación se habría producido una retención y presiones para que firmara un contrato.

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Sin embargo, la defensa de Blessd sostiene que los hechos correspondieron a un altercado verbal relacionado con desacuerdos económicos sobre el manejo de recursos entre los imitadores.

“Existió una reunión en la que se caldearon los ánimos y nada más; no pasó de ser una discusión, no pasó de ser unas posibles ofensas, pero nada que sea relevante para el derecho penal”, puntualizó Tres Palacios.

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El abogado también manifestó que, según la defensa, el imitador de Blessd no habría denunciado los hechos bajo la consideración de un secuestro ni se habría reconocido como víctima de ese delito.

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Actualmente, Blessd y Santiago Jaramillo afrontan el proceso en libertad y, de acuerdo con lo explicado por su abogado, no tienen restricciones para salir del país o realizar sus compromisos profesionales en el exterior.

Aunque la defensa aseguró que continuará buscando la absolución total de los procesados, Tres Palacios también se refirió al impacto que, desde su perspectiva, tuvo la acusación inicial en la imagen pública y las actividades comerciales del cantante.

Por esta razón, el abogado señaló que evalúan la posibilidad de solicitar un resarcimiento o una indemnización al Estado por los perjuicios que, según la defensa, se habrían generado durante el proceso.

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