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Ley frena a propietarios ventajosos y le bajaría arriendo a inquilinos en este caso

Una norma poco conocida podría obligar a bajar el arriendo cuando ciertos problemas afectan la vivienda.

Ley permite bajar arriendo.jpg
Ley permitiría reducir costos de arriendo
Imagen creada con IA

Muchos inquilinos desconocen que la legislación colombiana les da herramientas para no pagar el mismo valor de arriendo cuando la vivienda que habitan presenta fallas serias. La Ley 820 de 2003, que regula los contratos de arrendamiento de vivienda urbana, establece mecanismos claros para evitar abusos y proteger a quienes pagan por un inmueble que no se encuentra en condiciones adecuadas.

Aunque la conversación sobre arriendos casi siempre gira en torno a los incrementos, esta norma contempla escenarios en los que el canon puede disminuirse temporalmente cuando el inmueble tiene daños que afectan su uso normal.

¿Cuándo se puede pedir una rebaja en el arriendo?

La ley señala que los arrendadores deben entregar la vivienda en buen estado y garantizar que sea habitable durante todo el contrato. Cuando eso no ocurre, el inquilino puede solicitar una disminución del canon o incluso descontar del arriendo el valor de ciertas reparaciones indispensables. Estas reparaciones se refieren a daños que comprometen la habitabilidad: goteras, grietas, fallas en la red eléctrica, problemas con tuberías o deterioros estructurales que impiden usar el espacio con normalidad.

Si el arrendatario debe pagar por estos arreglos para poder seguir habitando la vivienda, la Ley 820 le permite descontar esos costos del canon mensual. Además, si la suma de esas reparaciones supera el 30 % del valor del arriendo, el arrendatario puede dividir ese monto y descontarlo gradualmente en pagos posteriores hasta completar el total invertido.

El Código Civil también respalda este mecanismo. Su artículo 1990 establece que un juez puede ordenar una rebaja del canon cuando parte del inmueble no se puede usar por deterioros no atribuibles al inquilino. Esto significa que si un área de la vivienda queda inutilizable por fallas que el dueño no atiende, el arrendatario tiene bases para pedir que el costo mensual se ajuste.

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Para que se considere que el inmueble está en malas condiciones, la norma diferencia entre daños que afectan la vida diaria y cambios meramente estéticos. Las reducciones aplican únicamente cuando se trata de reparaciones indispensables, aquellas necesarias para mantener la vivienda operativa según los fines del contrato.

El procedimiento puede iniciar con una comunicación directa entre arrendatario y propietario. Si no hay acuerdo, el arrendatario puede llevar el caso ante un juez o un centro de conciliación, donde se evalúan las condiciones del inmueble y se determina si corresponde o no una rebaja.

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La normativa busca equilibrar la relación entre ambas partes, recordando que el pago del arriendo no solo cubre el derecho a ocupar un espacio, sino también a que ese espacio esté en condiciones dignas y funcionales según lo exige la ley.

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