En Colombia, una gran parte de los trabajadores afiliados al Sistema de Protección Social Integral se preparan para cumplir los requisitos que les permitan acceder a la pensión y retirarse de sus actividades laborales.
Sin embargo, algunos eligen continuar trabajando incluso después de recibir su primera mesada pensional. Esto genera una pregunta clave: ¿puede un empleador dar por terminado el contrato de trabajo de un empleado que ya cumple con los requisitos para pensionarse?
Para resolver esta inquietud, El Tiempo a través de una entrevista con Karina Zuluaga Jiménez, especialista en Derecho Laboral de la Universidad Externado de Colombia, explicó cómo la legislación actual y la reforma laboral abordan este tema.
" El artículo 10 de la reforma pensional Ley 2381 de 2024 permite que los empleadores terminen el contrato de trabajo cuando el empleado ya cumple con los requisitos para pensionarse y se confirma que está incluido en la nómina de pensionados. Es decir, si una persona le reconocen la pensión y entra en nómina de pensionado , es decir, recibe su primera mesada pensional, el empleador puede finalizar su relación laboral "
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El artículo 10 de la reforma labora l contempla que alcanzar los requisitos para obtener la pensión de vejez puede ser considerado una causa justa para terminar un contrato de trabajo o relación laboral, tanto en el sector privado como en el público.
Sin embargo, esto solo se aplica si el empleador notifica al trabajo sobre el reconocimiento de la pensión y su inclusión en la nómina de pensionados por parte de la administradora correspondiente.
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Además, si un trabajador o servidor público no realiza la solicitud de pensión dentro de los 30 días siguientes a cumplir los requisitos, el empleador está facultado para gestionarla en su nombre y comunicarle esta decisión.
Esta disposición abarca a todos los afiliados al Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte, salvo que un servidor público manifieste su voluntad de seguir laborando, de acuerdo con lo establecido en la Ley 1821 de 2016.
¿Cuáles son tus derechos como pensionado?
Los pensionados y pre-pensionados en Colombia cuentan con varios beneficios establecidos por la ley , según el Consultorio Jurídico de la Universidad Libre.
Entre ellos se destacan el pago puntual de la pensión , un incremento anual basado en el Índice de Precios al Consumidor (IPC), la reducción del aporte en salud manteniendo la afiliación al sistema, y el derecho a recibir una mesada adicional en diciembre, conocida como la mesada 13.
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