¿Qué pasa si tienes más de 24 años y no has sacado la libreta militar? Esta es la multa
Los hombres mayores de 24 años que no han tramitado la libreta militar podrían enfrentar una multa, según lo establece la ley. Aquí te contamos lo que debes saber.
El documento que por décadas fue símbolo de reclutamiento obligatorio sigue vigente, aunque con transformaciones significativas. A pesar de que desde 2022 el servicio militar dejó de ser obligatorio en Colombia, la libreta militar continúa siendo un requisito legal
para los hombres entre 18 y 50 años.
Hay debate sobre este trámite que, aunque muchos consideran burocrático o innecesario, sigue siendo obligatorio en determinados contextos legales, laborales y administrativos.
Los ciudadanos mayores de 24 años que no hayan tramitado su libreta militar podrían estar expuestos a una multa conocida como “cuota única de compensación militar”.
¿De cuánto es la multa por no tener la libreta militar?
El monto de la sanción depende directamente del nivel de ingresos de la persona. La normativa contempla una tabla escalonada que se basa en el salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV), fijado en $1.300.000 para 2025. Estos son los porcentajes establecidos:
Personas sin ingresos reportados: 5% de un SMLMV (equivalente a $65.000).
Personas con ingresos hasta 2 SMLMV: 15% de un SMLMV ($195.000).
Con ingresos entre 2 y 4 SMLMV: 25% de un SMLMV ($325.000).
Con ingresos superiores a 4 SMLMV: 50% de un SMLMV ($650.000).
Este pago se exige como parte del proceso de expedición del documento militar, si el ciudadano no está exento y no definió su situación en el tiempo reglamentario.
Así puedes definir tu situación militar
Foto: Instagram @alcaldiaguarne
¿Quiénes están exentos de la multa?
Uno de los aspectos más importantes es que no todos los hombres mayores de 24 años están obligados a pagar esta cuota. La ley contempla exoneraciones que aplican en varios casos:
Estudiantes que hayan superado el quinto semestre universitario.
Padres de familia.
Hijos únicos.
Ciudadanos desmovilizados.
Víctimas del conflicto armado.
Pertenecientes a comunidades indígenas.
Personas con discapacidad certificada.
Huérfanos de padre o madre que sean responsables del sustento de sus hermanos menores o con discapacidad.
En todos estos casos, aunque no haya obligación de pagar la multa, sí es necesario adelantar el trámite ante la Dirección de Reclutamiento del Ejército Nacional, para que la exoneración quede debidamente registrada.
¿Qué pasa si no saco la libreta militar?
Además del pago, no tener definida la situación militar puede limitar el acceso a empleos formales, la contratación con el Estado, el ingreso a universidades públicas, la expedición de pasaportes para ciertos cargos oficiales y otros trámites.
Actualmente, el proceso se puede adelantar a través de la página oficial del Ejército Nacional (libretamilitar.mil.co
) o de forma presencial en las zonas de reclutamiento asignadas.
Se requiere presentar documentos como la cédula, el registro civil, certificado de estudios o de ingresos, según el caso, y esperar la evaluación para determinar si el ciudadano está obligado al pago o aplica para alguna exención.
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