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Traductora de Poulos renuncia a ser intérprete en caso Valentina Trespalacios

Tras la renuncia del abogado de John Poulos la intérprete también pidió que se de respuesta a su manifestación de retirarse del caso.

Traductora de John Poulos.jpg
Traductora de John Poulos
/ FOTO: Noticias Caracol

La audiencia en la que se definirá si John Poulos es enviado a la cárcelmientras avanza el proceso por la muerte de la Dj Valentina Trespalacios, se ha visto truncada este martes 31 de enero debido a dos renuncias: la del abogado del acusado, así como la de su traductora.

Pues luego de que en el inicio de la audiencia de medida de aseguramiento el abogado Martín Riascos presentara su renuncia a la defensa del extranjero -quien es acusado de asesinar a Valentina Trespalacios- la traductora Martha Lucía Morales también anunció públicamente su deseo de retirarse como intérprete del capturado.

La traductora, previamente, había hecho llegar al juez del caso su deseo de renuncia como intérprete de Jhon Poulos, pero este punto no había sido tocado debido a lasorpresiva renuncia del abogado Riascos.

Y fue justo cuando el juez permitió un receso para explicarle al capturado la decisión de aceptar la renuncia del apoderado de Poulos que la traductora Martha Lucía Morales pidió al despacho del juez dar respuesta a su solicitud de renuncia.

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Inmediatamente el togado le manifestó tener presente la solicitud pero le pidió dar unos minutos de espera mientras se terminaba de establecer la suerte de la defensa de Poulos.

"Seguidamente a que resolvamos la situación de la defensa técnica del señor John Nelson procedo a pronunciarme acerca de su manifestación; porque no puedo resolver de manera primaria su renuncia y dejar desprovisto a John Nelson del intérprete que requiere para garantizarle su traducción frente al a renuncia de su defensa".

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Fue así como tras varios minutos el juez procedió a dar respuesta a la renuncia de la traductora Martha Lucía Morales y argumentó que dentro de sus funciones no le compete aceptar dicha renuncia ya que dentro de Código de Procedimiento Penal no hay una norma que permita considerarse la renuncia de traductor ya que según el artículo 25 del Código "no parece la posibilidad de una renuncia de estos auxiliares de la justicia".

Por esta razón el juez del caso aclaró que la reasignación de traductor es competencia de la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Bogotá, quien la asignó en dicha labor y que es esta misma entidad la que debe analizar la solicitud del caso y decidir si reasigna o no a otro intérprete.

Finalmente el juez no aceptó dicho retiro del proceso "hasta tanto el despacho no sea notificado sobre un relevo o una reasignación de traductor".

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