Históricamente, el ruido de los exostos alterados ha sido una fuente de conflicto en las zonas residenciales de Colombia. Sin embargo, el panorama cambió con la llegada de la Ley 2450 de 2025, también conocida como la Ley Antirruido, una normativa que busca proteger la salud pública, el medio ambiente y, sobre todo, la convivencia ciudadana.
Esta política nacional establece lineamientos claros para el diagnóstico y control de las emisiones sonoras, fijando un límite máximo permitido de 86 decibeles para las motocicletas.
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La medida ha sido recibida con alivio por habitantes de ciudades como Bucaramanga, quienes denuncian que las motos ruidosas, muchas veces conducidas por jóvenes en horas nocturnas, impedían el descanso y afectaban la tranquilidad de los barrios.
Ante esta problemática, el Gobierno Nacional ha facultado tanto a autoridades como a ciudadanos para denunciar y sancionar estos comportamientos.
¿De cuánto es la multa por tener motos ruidosas?
El esquema de sanciones bajo la nueva ley es escalonado y riguroso, diseñado para que el impacto financiero promueva la responsabilidad.
Los conductores que decidan circular con sistemas de escape no originales, resonadores o silenciadores perforados se enfrentan a un abanico de multas que varían según la gravedad de la falta.
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De acuerdo con las fuentes, existen dos grandes categorías de sanciones económicas. Por un lado, las multas generales basadas en salarios mínimos diarios (SMLDV), que oscilan entre los $94.900 (Tipo 1) y los $759.200 (Tipo 4).
Por otro lado, se aplican códigos de infracción específicos que pueden resultar aún más costosos:
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- Infracción C28: Dirigida a quienes usan dispositivos que alteran el ruido (como resonadores) o el uso indebido de sirenas. El costo puede rondar entre los $604.000 y los $711.750.
- Infracción D17: Es la sanción más severa para quienes exceden los límites de contaminación auditiva o ambiental. En ciudades como Bogotá, este comparendo puede alcanzar los $1.266.101, sumado a la inmovilización inmediata del vehículo.
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Además del golpe económico, los motociclistas enfrentan otras consecuencias operativas, como el rechazo en la revisión técnico-mecánica, la pérdida de la garantía del vehículo y la imposibilidad de certificar el cumplimiento de normas ambientales ante los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA).
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Para que una sanción sea válida, las autoridades deben contar con pruebas técnicas. El método oficial implica el uso de un sonómetro calibrado.
Durante la prueba, el micrófono se ubica a 50 centímetros del escape en un ángulo de 45 grados, mientras el motor se acelera a tres cuartas partes de su capacidad máxima.
Para los ciudadanos que deseen verificar su nivel de ruido de forma preventiva, existen aplicaciones móviles que sirven como referencia, aunque los resultados oficiales y legales solo se obtienen en los CDA o mediante operativos de tránsito con equipos certificados.
Es importante destacar que la Ley 2450 no solo vigila a las motos. Su alcance es integral y regula desde eventos masivos (con multas de hasta 800 SMLMV para aforos de más de 5.000 personas) hasta infracciones urbanísticas y contaminación visual, escalando las multas según el estrato socioeconómico del inmueble afectado.