Los colombianos que sean víctimas de suplantación de identidad ya cuentan con una nueva herramienta legal para evitar que les cobren deudas o servicios que nunca solicitaron. Se trata de la Ley 2573 de 2026, conocida como “Si es fraude, no se paga”, sancionada por el presidente Gustavo Petro el pasado 19 de mayo.
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La normativa busca frenar uno de los problemas que más afecto a miles de ciudadanos en los últimos años: el uso indebido de datos personales para adquirir créditos, productos o servicios sin autorización de la verdadera persona titular.
Con esta ley, las entidades financieras, crediticias y de telecomunicaciones deberán actuar de manera inmediata cuando un ciudadano informe que fue víctima de fraude o suplantación. Entre las principales medidas está la suspensión automática de los cobros mientras se investiga el caso.
La norma también incorpora conceptos relacionados con ciberseguridad, seguridad digital e ingeniería social, teniendo en cuenta que gran parte de estos hechos se presentan actualmente a través de medios tecnológicos.
¿Qué pasa si denuncio que fui víctima de suplantación?
Una vez la persona informe a la entidad sobre una posible suplantación de identidad, esta deberá detener el cobro de la obligación, así como los gastos de cobranza, intereses y demás costos asociados mientras se adelanta la respectiva verificación.
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Posteriormente, el ciudadano tendrá un plazo de 20 días hábiles para presentar una denuncia formal ante la Fiscalía General de la Nación y aportar las pruebas que respalden su versión de los hechos.
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Si las autoridades determinan que efectivamente existió fraude o que la reclamación fue válida, la víctima quedará exonerada de pagar cualquier obligación relacionada con el caso. Además, se eliminarán los reportes negativos que hayan sido generados por esa deuda.
Por el contrario, si la investigación concluye que no hubo suplantación y la decisión favorece a la entidad, esta podrá reactivar el cobro junto con los intereses y valores que se hayan causado durante el periodo en que la obligación estuvo suspendida.
¿Cómo protege la ley el historial crediticio de las víctimas?
Uno de los puntos más importantes de la Ley 2573 de 2026 que fue impulsada por el congresista Duvalier Sánchez, tiene que ver con la protección de la vida financiera de quienes resulten afectados por este tipo de situaciones.
La normativa ordena que las entidades corrijan los reportes ante las centrales de riesgo y eviten que las víctimas sean perjudicadas por obligaciones adquiridas mediante el uso fraudulento de su identidad.
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Además, se crea la anotación denominada “Víctima de Falsedad Personal”, la cual permitirá identificar estos casos dentro de los registros financieros sin que ello represente una calificación negativa para el ciudadano.
De esta manera, quienes acrediten haber sido víctimas de fraude podrán conservar su historial crediticio y evitar afectaciones en futuros estudios financieros o solicitudes de crédito. También establece que las entidades deberán fortalecer los procesos de verificación de identidad para la adquisición de productos y servicios.
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Asimismo, estarán obligadas a entregar a la presunta víctima copia de los documentos utilizados durante la contratación y revisar oportunamente la información relacionada con la deuda reportada.
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