Este hecho se derivó el pasado 24 de noviembre de 2025 en el municipio de Dosquebradas, donde la integridad física de la madre de Yuri Manuela Gaspar, Maryuri Gaspar, se vio vulnerada de forma definitiva.
Durante la diligencia, y asistida por su representación legal, la indiciada manifestó su aceptación de cargos por la conducta tipificada como homicidio agravado, suscribiendo simultáneamente un preacuerdo con el ente acusador para definir su situación jurídica.
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Las investigaciones adelantadas por la Fiscalía General de la Nación señalan que el origen del altercado fue una disputa doméstica motivada por el acceso al servicio de conectividad del hogar.
Se determinó que Maryuri Gaspar había tomado la decisión de restringir el acceso a la clave del Wi-Fi a su hija, una medida fundamentada en el uso desmedido de las herramientas digitales por parte de la joven y su reiterado incumplimiento de las obligaciones y responsabilidades dentro del entorno familiar.
Lo que inició como una medida correctiva parental terminó en una agresión física de proporciones críticas
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De acuerdo con el informe cronológico de los hechos, la agresión se produjo aproximadamente a la 1:00 a. m., momento en el cual la procesada ingresó a la habitación donde su madre se encontraba descansando.
Aprovechando el estado de indefensión de la víctima, le propinó múltiples heridas mediante el uso de un elemento cortante: dos impactos en el área abdominal, dos en el antebrazo y uno más en la espalda.
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A pesar de admitir su responsabilidad directa en el ataque, la joven afirmó ante el estrado no tener claridad sobre las zonas específicas donde lastimó a su progenitora.
Adicionalmente, el reporte oficial indica que, durante el desarrollo del conflicto, el equipo módem de la vivienda también resultó con daños materiales.
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¿Cuánto tiempo podría ir a la cárcel Yulitza Gaspar?
La calificación jurídica de este suceso se rige por el Código Penal colombiano, específicamente bajo el artículo 104, que regula el homicidio agravado.
Al existir un vínculo de consanguinidad directo, la legislación establece penas superiores a las de una agresión simple, oscilando entre los 400 y 600 meses de privación de la libertad, lo que representa un periodo de entre 33 y 50 años de permanencia en centro penitenciario.
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No obstante, la figura del preacuerdo y la aceptación de cargos introducen variables en la dosificación de la pena. Si el juez de conocimiento responsable de valorar el material probatorio y escuchar a las partes, avala esta solicitud, la procesada podría acceder a una reducción sustancial de su sanción de hasta el 50%.
Bajo este escenario de colaboración con la justicia, la condena efectiva podría fijarse en 200 meses, equivalentes a 16,5 años de prisión.
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Es importante destacar que, en el momento del incidente, un hermano de la involucrada intentó intervenir con el objetivo de detener la agresión; sin embargo, sus esfuerzos no fueron suficientes para evitar el desenlace fatal.
Aunque Maryuri Gaspar fue trasladada a un centro asistencial y recibió atención médica profesional, el personal de salud confirmó su fallecimiento poco tiempo después debido a la gravedad de las lesiones recibidas.
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Actualmente, el caso permanece bajo la supervisión del juez de conocimiento, quien tiene la responsabilidad de dictar la sentencia definitiva basándose en los hechos plenamente establecidos por la investigación.
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