En Colombia se confirmó que todas las empresas de seguridad privada deberán reconocer un beneficio adicional a los vigilantes, debido a la aplicación de la normativa vigente.
La regulación en cuestión es la Ley 1920 de 2018, conocida como ley del vigilante, que define con claridad los derechos del personal operativo de vigilancia privada; incluye vigilantes, escoltas y supervisores, para las obligaciones de empresas y cooperativas que prestan servicios de seguridad.
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Entre sus disposiciones, la norma establece límites a la jornada laboral (máximo 60 horas semanales, incluyendo horas extras) y exige que quienes porten armas obtengan un certificado psicofísico.
Además, obliga a las compañías a contratar anualmente un seguro de vida colectivo que cubra al personal operativo durante las 24 horas del día, un requisito para obtener o renovar su licencia de funcionamiento.
Con esta obligación, el beneficio para los vigilantes se formaliza, impidiendo que las empresas eviten su pago.
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Condiciones laborales de los vigilantes
Luego de décadas en que la informalidad era el factor principal de la profesión, la norma representa un respaldo legal claro que ordena responsabilidades para los empleadores.
Según la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada hay alrededor de 400.000 guardas de seguridad que desempeñan labores en residencias, comercios, hospitales, empresas, entre otros espacios públicos y privados.
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Con esta regulación, muchos vigilantes ven una mejora real en sus condiciones de trabajo.
Adicionalmente, esta norma se suma a otros cambios recientes, puesto que desde julio de 2025 se implementaron ajustes en recargos nocturnos, dominicales y festivos para vigilantes, como parte de una reforma laboral que amplió sus derechos.
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¿Qué exige la Ley del Vigilante a las empresas de seguridad?
Para cumplir con la regulación, las empresas y cooperativas de vigilancia deben:
- Contratar anualmente un seguro de vida colectivo que cubra a todo el personal operativo las 24 horas del día.
- Garantizar jornadas laborales dentro de lo estipulado (no superar 60 horas semanales incluso con extras) y cumplimiento de requisitos para porte de armas cuando aplique.
- Cumplir obligaciones en materia de seguridad social, previsión y compensaciones como parte del régimen laboral exigido para operar.
El incumplimiento puede poner en riesgo la licencia de funcionamiento de la empresa o cooperativa, lo que da mayor peso al mandato.
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Según la Ley del Vigilante, este paso reafirma que la labor de los vigilantes es considerada de forma más digna y regulada.
El reconocimiento legal y las exigencias de cumplimiento llevan a que la seguridad privada debe operar bajo parámetros claros de derechos y obligaciones, protegiendo tanto a quienes trabajan como a las comunidades que contratan esos servicios.