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¿Renunciar antes del 31 de diciembre hace perder la prima? La Ley lo aclara

Muchos trabajadores dudan si pierden la prima de servicios al retirarse antes del pago de diciembre, pero la norma laboral colombiana define un procedimiento claro.

Renuncia, imagen de referencia
Si renuncias antes de diciembre, puedes recibir tu pago de prima de servicios según tus días laborados
Foto: generada por ImageFx

La legislación laboral colombiana, mediante el Código Sustantivo del Trabajo, determina que la prima de servicios corresponde a todos los trabajadores vinculados mediante contrato laboral. Este beneficio se entrega en dos periodos específicos del año: la primera mitad en junio y la segunda en diciembre.

Cuando una persona decide retirarse o es despedida antes del cierre del semestre, la obligación del empleador no desaparece. La prima sigue siendo un derecho adquirido por el tiempo trabajado, por más corto que sea. La norma indica que este pago debe incluirse dentro de la liquidación definitiva, siempre bajo el cálculo proporcional al tiempo laborado.

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Este punto resulta fundamental para quienes contemplan una renuncia cercana a diciembre, pues existe la creencia equivocada de que al salir días antes del pago se pierde el beneficio. Lo cierto es que la prima no se condiciona a permanecer en el cargo hasta el día del abono, sino al tiempo realmente trabajado durante el semestre.

¿Cómo se calcula la prima si el trabajador sale antes de diciembre?

El procedimiento para determinar el valor que corresponde es estándar. Se toma el salario mensual, se multiplica por los días trabajados en el semestre y luego se divide por 360.

De esta manera, si una persona devengó un salario de $1.623.500 pesos y completó todo el semestre, recibiría aproximadamente $811.750 pesos. Pero cuando el tiempo no es completo, la operación cambia, aquí el empleador debe contar cada día trabajado desde julio hasta el último día de permanencia y aplicar la fórmula.

Por ejemplo, si el retiro ocurre en noviembre, se suman los días trabajados desde julio. El valor final siempre será proporcional y debe aparecer dentro de la liquidación, junto a cesantías, intereses y vacaciones pendientes.

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¿Qué deben revisar los trabajadores al entregar su carta de renuncia?

Entre las recomendaciones que permiten evitar errores en la liquidación, están:

  • Solicitar un desglose detallado del cálculo de la prima proporcional.
  • Confirmar que el salario usado corresponde al valor real del contrato, incluyendo auxilios salariales cuando corresponda.
  • Verificar que la fecha de ingreso y la fecha de salida coinciden con las registradas por talento humano.
  • Solicitar copia formal de la liquidación antes de firmar.

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Si la empresa omite el pago o entrega una cifra inferior, el trabajador puede acudir a un inspector de trabajo o presentar un reclamo ante el Ministerio de Trabajo.

¿Es necesario permanecer en el empleo hasta diciembre para recibir la prima?

El pago no depende de la continuidad hasta el día del giro, sino del tiempo trabajado. Por lo tanto, un retiro antes de diciembre no elimina el derecho, lo quiere decir que para aquellas personas que desean cerrar su proceso laboral antes de fin de año, pueden hacerlo y asimismo recibirán su pago correspondiente de la prima según sus días laborados.

Con esta información, cualquier trabajador puede tomar decisiones con mayor seguridad, asegurándose de que su liquidación incluya la prima proporcional correspondiente. Si se contempla una renuncia cercana a diciembre, lo ideal es planear la salida y revisar cada detalle para confirmar que el pago refleje de forma justa los días laborados durante el semestre.