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Estos son los trabajadores a los que les llegará más dinero de prima este diciembre

Aunque todos esperan la misma prima, la nueva reforma laboral cambió las reglas del juego. ¿Quiénes serán los verdaderos beneficiados este diciembre?

Estos son los trabajadores a los que les llegará más dinero de prima este diciembre
Estos son los trabajadores a los que les llegará más dinero de prima este diciembre
Foto: Getty Images y Labs.google

La prima, prestación social consagrada en el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, corresponde al equivalente a treinta días de salario por año trabajado, dividida en dos cuotas semestrales (junio y diciembre).

Pero el valor final de la segunda cuota de 2025 cambiará la matemática para aquellos que laboren bajo condiciones especiales, reflejando el impacto directo de la nueva legislación.

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El secreto detrás de la prima más abultada no reside en un aumento generalizado del beneficio, sino en la modificación del salario base con el que se calcula la prestación.

El monto final de la prima depende del salario devengado durante el semestre, y este salario devengado ahora es inherentemente más alto para quienes trabajan fines de semana o de noche.

¿Quiénes serán los beneficiarios de recibir más dinero en la prima?

La reforma laboral, aprobada en junio de 2025, introdujo varios ajustes que benefician directamente a los empleados con horarios especiales. Es fundamental entender dos cambios específicos que impactan el cálculo de este pago navideño:

1. Aumento del recargo dominical y festivo

A partir del 1 de julio de 2025, el recargo que se paga por trabajar en días dominicales y festivos experimentó un incremento, pasando al 80 % de la hora ordinaria. Previamente, este recargo se situaba en el 75%.

Este ajuste es progresivo: en julio de 2026, el recargo pasará del 80 % al 90 %, y para julio de 2027, alcanzará el 100 %. Para el pago de diciembre de 2025, es el incremento al 80 % el que ya impacta el promedio salarial de aquellos que laboraron domingos y festivos durante el segundo semestre del año.

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2. Ampliación de la jornada nocturna

Otro cambio significativo es la ampliación del horario considerado como jornada nocturna. Anteriormente, la noche laboral iniciaba más tarde, pero desde el 26 de diciembre de 2025, la jornada nocturna se contará desde las 7:00 p.m. hasta las 6:00 a.m.

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Aunque el porcentaje de recargo nocturno se mantuvo en el 35 %, esta ampliación de la franja horaria significa que más horas laborales devengarán un recargo, aumentando así el salario base promedio que se usa para liquidar la prima.

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Solo aquellos trabajadores cuyo salario base se haya visto incrementado por haber laborado con recargos, ya sea por concepto de trabajo nocturno, dominical o festivo, verán un aumento en su prima de servicios.

En contraste, si un trabajador mantuvo una jornada diurna regular y solo recibió su salario ordinario, el cálculo de su prima se basará únicamente en ese sueldo y los días laborados durante el semestre, sin experimentar un incremento por la reforma.

¿Cómo se calcula la prima con los nuevos recargos?

Para calcular el valor de la prima, se debe considerar no solo el sueldo básico, sino también el promedio del sueldo mensual que debe incluir los recargos dominicales, festivos, nocturnos y el subsidio de transporte.

La fórmula general para la liquidación es la siguiente: (Salario base promedio devengado x Días trabajados en el semestre) / 360.

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A modo de ejemplo, si un trabajador gana el salario mínimo de 2025 ($1.623.500, incluyendo el subsidio de transporte), y sus recargos por horas nocturnas, dominicales y festivas representaron un aumento promedio de $200.000 mensuales, la liquidación de su prima se hará sobre un base de $1.823.500.

En este caso hipotético, el trabajador recibiría $911.750, a pesar de que su salario nominal sea el mínimo. Para aquellos que hayan laborado el semestre completo sin recargos, si devengan el mínimo de 2025, recibirán $811.750 antes del 20 de diciembre.

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Es importante recordar que la prima de servicios aplica a la mayoría de los trabajadores formales que poseen un contrato laboral, ya sea a término fijo, indefinido, por obra o labor, o bajo la modalidad de teletrabajo.

Sin embargo, hay categorías que quedan excluidas de este pago:

  • Trabajadores independientes o contratistas por prestación de servicios.
  • Empleados que reciben salario integral, ya que las prestaciones están incluidas en su pago mensual.

¿Qué hacer en caso de que no te paguen la prima?

La ley nacional establece que este pago es obligatorio y debe efectuarse antes del 20 de diciembre. En caso de incumplimiento, el empleador puede ser objeto de sanciones, debiendo pagar un día de salario adicional por cada día de retraso al empleado.

Si enfrenta dificultades en el reconocimiento o pago de la prima, se recomienda intentar llegar a un acuerdo directo con el empleador. Si el acuerdo no es posible, el trabajador puede acudir al inspector de trabajo para buscar asesoría, presentar una queja o intentar una conciliación.

Aunque el inspector de trabajo no puede ordenar el pago, sí puede orientar al empleado para presentar una demanda ante el juez laboral, quien es la autoridad competente para resolver el conflicto. También se puede recurrir a la Defensoría del Pueblo o Personería Municipal para intentar una conciliación.