En la actualidad, el deseo de cambiar de nombre o apellido ha ganado popularidad entre los jóvenes latinoamericanos, especialmente al alcanzar la mayoría de edad . La razón es sencilla: muchos no se sienten identificados con los nombres que les fueron asignados al nacer y buscan redefinir su identidad . Sin embargo, persiste la creencia de que este trámite es complicado y requiere una gran cantidad de papeleo. Lo cierto es que, aunque involucra algunos pasos, es un proceso más sencillo de lo que se piensa.
El derecho a cambiar de nombre está claramente regulado en el artículo 94 del decreto 1260 de 1970 , que establece que cualquier persona puede solicitar la modificación de su registro civil para sustituir, rectificar, corregir o adicionar su nombre, con el objetivo de fijar su identidad personal. Este derecho es accesible para cualquier ciudadano que desee hacer uso de él, siempre y cuando se sigan los pasos estipulados por la normativa vigente.
El primer paso para iniciar el proceso es dirigirse a la notaría donde se encuentra registrado el acta de nacimiento . En este lugar, se debe solicitar una copia autenticada del acta, un documento clave para dar inicio al trámite. Además, es necesario presentar los documentos de identificación originales , como la cédula de ciudadanía o la tarjeta de identidad en el caso de menores de edad, junto con una fotocopia de los mismos.
Con estos documentos en mano, el siguiente paso es acudir nuevamente a la notaría , o a un consulado colombiano si se encuentra en el exterior. Aquí se debe realizar una escritura pública que oficialice la solicitud de cambio de nombre. Es importante destacar que, según el decreto 999 de 1988, las correcciones del registro civil están autorizadas para ser realizadas exclusivamente por un notario público , lo que garantiza la validez legal del procedimiento.
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Una vez cumplidos estos pasos, el solicitante podrá obtener sus nuevos documentos con el nombre actualizado. Sin embargo, el proceso no termina aquí. Es fundamental acercarse a la Registraduría de la Nación para tramitar los nuevos documentos de identidad que reflejen el cambio de nombre. Además, es necesario actualizar la información en todas las plataformas y documentos donde aparezca el nombre anterior, como bancos, escrituras y licencias de conducción.
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