En Colombia existe el llamado retroactivo pensional, este es el dinero que reconoce las mesadas que no fueron entregadas desde el momento en que una persona cumplió con los requisitos de pensión hasta la fecha en que la pensión fue reconocida.
Este beneficio aplica tanto para los regímenes públicos (como Colpensiones) como para los fondos privados de pensiones.
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Por ejemplo, si presentas una solicitud en enero y la apruebas en julio, tienes derecho a cobrar los meses que quedaron pendientes.
Los que tienen derecho a reclamar sobre esta ley son todos los pensionados que ya cumplieron con edad y semanas cotizadas, pero cuya pensión se reconoció tras una demora administrativa o judicial, personas con pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes y también quienes están afiliados a fondos privados de pensiones.
Requisitos y procedimiento para reclamar el retroactivo pensional
Debes tener listos los siguientes documentos:
- Certificación o resolución de pensión otorgada por la entidad.
- Historia laboral completa que demuestre semanas cotizadas.
- Documento de identidad (cédula).
¿Cómo hacer la solicitud?
- Presentar un formulario en la entidad administradora de pensiones.
- La entidad tiene hasta un mes para responder a la solicitud.
¿Qué hacer si la entidad niega el pago?
- Se puede acudir a la jurisdicción laboral o interponer demanda.
- Si el monto reclamado es menor a 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes, el trámite puede hacerse sin abogado; si es mayor, conviene asesoría legal.
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¿Cuánto dinero se puede reclamar por el retroactivo pensional?
El monto varía según el valor de la pensión y el tiempo de demora en el reconocimiento.
Por ejemplo, si la pensión debió iniciarse en enero de un año y se reconoció en julio del año siguiente, se debe reclamar el equivalente a esas mesadas atrasadas.
Al momento del cálculo también se pueden aplicar descuentos por salud según norma vigente.
El derecho al retroactivo cuenta con un periodo de prescripción, en este periodo, el interesado dispone de hasta tres años desde el momento en que nació el derecho al pago; por lo que si no actúa dentro de ese término, puede perder el beneficio.