
Una discusión de profundidad se vivió en el Consejo de Estado, tras poner en una balanza la libertad de expresión vs los derechos de los niños , todo este debate tenía como objetivo darle rumbo a la tutela que pretendía "tumbar" de las plataformas digitales la polémica canción de reguetón +57.
El alto tribunal negó las pretensiones de la demanda aunque dejó claro que en dicha canción, producida por los reguetoneros colombianos, sí se vulneraron los derechos de los niños al hacer referencia la explotación de menores.
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Esta tutela impuesta a esta canción se interpuso con el fin de garantizar los derechos a la dignidad humana, al buen trato y a los derechos de los menores, pero lo más importante el libre desarrollo de la personalidad de los niños, niñas y adolescentes del país.
Es que la polémica canción tenía un verso que decía, “mamacita desde los fourteen (14 años)", que para los que demandaron, vulnera la dignidad de los menores . Después de la tutela y de generarse toda esta polémica fue reemplazada por otro verso.

“La Sala constató que la letra fue posteriormente modificada y se reemplaza dicha expresión por “mamacita desde los eighteen (18 años)” lo cual elimina la referencia a menores de edad , concluyó que mientras la versión original estuvo disponible, sí se produjo una afectación a los derechos fundamentales de esta población, comprometiendo su dignidad humana”, expresó el Consejo de Estado.
Esto dejó como precedente para el reguetón y para los cantantes Karol G, J Balvin, Feid, Maluma, Blessd, Rayan Castro y DFZM de abstenerse a difundir y crear composiciones donde se vean afectados los derechos de los niños.

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“El fallo enfatiza que los menores deben gozar de un desarrollo integral, libre de exposición a la violencia y a insinuaciones de explotación sexual, de acuerdo con las obligaciones derivadas del ordenamiento jurídico interno y de las convenciones internacionales, que exigen una protección estricta e inexcusable para esta población por parte de la sociedad” precisó la entidad.
“La sexualización temprana cosifica a los menores, los reduce a objetos de deseo y los expone a riesgos que pueden afectar su desarrollo”, concluyó el Consejo de Estado .
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Por este motivo exige que todas las decisiones y actuaciones deben considerar la protección a los menores de edad en Colombia.

¿Qué pedía la tutela respecto a la canción +57?
Según el tribunal supremo, la tutela tenía como objetivo, “obtener la protección de los derechos fundamentales a la dignidad humana, al trato digno, los derechos superiores de los menores y libre desarrollo de la personalidad de los niños, niñas y adolescentes vulnerados por reguetoneros Karol G, J Balvin Feid, Maluma, Blessd, Rayan Castro y DFZM, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf), Defensoría del Pueblo y la Presidencia de la República”.
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El Consejo de Estado expresó que “ se debe determinar si la acción de tutela interpuesta cumple con los requisitos de procedibilidad , incluyendo la legitimación en la causa por activa; de ser procedente, se analizará si los accionados vulneran los derechos fundamentales de los menores de edad con ocasión de la canción ‘+57′".
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