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Arrancó el Día sin Carro y sin Moto en Bogotá: estas son las multas para los infractores

Recuerda que la medida aplica hasta las 9:00 p.m. de este jueves 22 de septiembre

Día sin carro en Bogotá
Día sin carro en Bogotá
/ FOTO: cuenta de X @Bogota

A las 5:00 a.m. de este jueves 22 de septiembre arrancó el Día sin Carro y sin Moto en Bogotá, en una jornada que irá hasta las 9:00 p.m. de este mismo día en el que losvehículos particulares y motocicletas no podrán transitarpor las vías de la capital.

De igual forma, esta jornada cuenta con la novedad de que también se unieron a la medida los municipios de Mosquera y Chía, en Cundinamarca, que tendrán la restricción en un horario de 6:00 a.m. a 8:00 p.m.

La Secretaría de Movilidad del Distrito, a través de la Alcaldía de Bogotá, aclaró que los conductores que cuentan con el permiso de 'Pico y placa solidario', no tienen durante este día con la autorización de circulación, por lo que también deberán abstenerse de sacar sus vehículos para evitar una multa.

Y para controlar el cumplimiento de la jornada, la Policía de Tránsito de Bogotá dispuso de 1.140 uniformados que estarán en las vías verificando que los vehículos que se movilicen por la capital hagan parte de las excepciones.

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Por su parte el Distrito dispuso de 200 guías de movilidad que estarán apoyando el control del tránsito en ciertos puntos de la capital; además, hay instalados más de 50 puestos de control para revisar antecedentes de conductores y que los vehículos cuenten con los documentos en regla.

¿Cuáles son las multas por incumplir Día sin Carro y sin Moto en Bogotá?

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Desde la Alcaldía se recordó a los conductores que el movilizar vehículos que no hagan parte de la excepción durante el Día sin Carro y sin Moto acarrea sanciones que van desde la inmovilización del vehículo, hasta multas económicas.

Pues dichas sanciones están estipuladas en el Código Nacional de Tránsito que para este 2022 corresponde a la infracción C.14 que acarrea una multa por un valor de $468.500; además de la inmovilización del vehículo.

¿Cuáles son las excepciones para el Día sin Carro y sin Moto en Bogotá?

  • Vehículos y motocicletas conducidos por personas en condición de discapacidad o para su transporte.
  • Vehículos de emergencia.
  • Transporte escolar.
  • Vehículos de transporte con capacidad para movilizar más de 10 pasajeros.
  • Vehículos y motocicletas de las empresas de transporte de servicios públicos domiciliarios.
  • Motocicletas de vigilancia y seguridad privada.
  • Carrozas fúnebres.
  • Motocicletas que prestan el servicio de mensajería y/o domicilio.
  • Vehículos de transporte de valores.
  • Transporte público.
  • Vehículos y motocicletas para el control del tráfico y las grúas que prestan el servicio a la Secretaría Distrital de Movilidad.
  • Caravana presidencial.
  • Vehículos y motocicletas militares, de Policía Nacional y de Organismos de Seguridad del Estado.
  • Vehículos y motocicletas de servicio diplomático o consular.
  • Transporte asignado por la Unidad Nacional de Protección a personas que tengan medidas de protección.
  • Vehículos y motocicletas destinados para el control operacional y el mantenimiento del Sistema Integrado de Transporte Público.
  • Transporte para el control de emisiones y vertimientos.
  • Vehículos y motos propulsados por motores eléctricos.

Cabe recordar que los vehículos híbridos no hacen parte de las excepciones.

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