La recta final del 2025 sumió a Colombia en una profunda expectativa financiera. El tradicional pulso entre las centrales obreras y los gremios empresariales para definir el Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV) de 2026 terminó sin un humo blanco, dejando la decisión final en manos del presidente Gustavo Petro, quien deberá fijar el incremento mediante decreto.
Mientras los empresarios pusieron sobre la mesa un modesto 7,21%, los sindicatos se mantuvieron firmes en su petición de un 16%. Sin embargo, más allá de la cifra que recibirán los empleados formales, existe una preocupación latente en los hogares: el ajuste automático de la cuota alimentaria.
Puedes leer: Este es el monto que deben pagar los padrastros por cuota alimentaria
Esta obligación legal, que garantiza el bienestar integral de los menores, está intrínsecamente ligada al salario mínimo, especialmente en aquellos casos donde el progenitor no cuenta con ingresos fijos o formales.
El panorama para el bolsillo de los padres obligados a este pago cambiará drásticamente a partir del 1 de enero de 2026.
Te puede interesar
¿Cuánto dinero más deberán aportar los padres en 2026?
Aunque el porcentaje oficial aún está por definirse, las proyecciones gubernamentales y de analistas sugieren que el incremento por decreto podría rondar el 11%.
Si este escenario se concreta, el salario mínimo pasaría de los $1.423.500 actuales a $1.580.085 (sin incluir el auxilio de transporte). Con un subsidio de transporte proyectado en $222.000, el ingreso total de un trabajador mínimo rozaría los $1.802.085.
Bajo este supuesto del 11%, la cuota alimentaria de referencia, que habitualmente se tasa sobre el 50% del salario mínimo cuando no hay otros ingresos demostrables, se situaría en $790.042.
Publicidad
Esto representa un incremento de aproximadamente $78.292 respecto al valor que rigió durante todo el 2025, el cual era de $711.750.
Existe incluso un escenario más alto planteado en las fuentes: si el ajuste llega al 12%, la cuota base alcanzaría los $798.000, lo que significaría un golpe de $86.000 adicionales para el responsable del pago.
Publicidad
Puedes leer: ICETEX abre convocatorias para bilingüismo, diplomados y formación técnica en el 2026
Es fundamental recordar que la cuota alimentaria no es un monto arbitrario. Según el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), este dinero debe cubrir vivienda, alimentación, vestuario, salud, educación y recreación.
Te puede interesar
La ley colombiana es clara al señalar que el monto máximo que se puede embargar o exigir por este concepto no debe superar el 50% del salario del progenitor.
Para aquellos padres que ya tienen una cuota pactada en una suma fija de pesos, el ajuste anual no suele ser proporcional al salario mínimo, sino que se rige por el Índice de Precios al Consumidor (IPC), el cual se estima cerrará el año 2025 entre el 5,3% y el 5,5%.
El proceso para establecer o modificar esta obligación requiere acudir a los centros zonales del ICBF o autoridades competentes.
Allí, mediante conciliación extrajudicial, se evalúan tres pilares: las necesidades reales del menor, la capacidad económica del obligado y sus cargas familiares.
Publicidad