Bogotá ya tiene fecha definida para una de las jornadas más conocidas en materia de movilidad urbana. El Día sin Carro y sin Moto 2026 se realizará el jueves 5 de febrero, según confirmó la Alcaldía, manteniendo una medida que año tras año genera conversación entre ciudadanos, autoridades y sectores productivos.
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Desde temprano, la ciudad vivirá cambios importantes en la forma de moverse. La restricción aplicará desde las 5:00 de la mañana hasta las 9:00 de la noche, lapso en el que no podrán circular vehículos particulares ni motocicletas. El objetivo central es disminuir el flujo de automotores, facilitar el uso de medios alternativos y reducir los niveles de contaminación durante la jornada.
Esta medida se encuentra respaldada por la Ordenanza 036 de 2023, que define las condiciones del Día sin Carro y sin Moto y las excepciones permitidas. Para 2026, la administración distrital decidió conservar el mismo esquema operativo que ha venido funcionando en años anteriores.
Durante el día, los bogotanos deberán optar por opciones como el transporte público, la bicicleta o los desplazamientos a pie. TransMilenio, SITP y el sistema de transporte público en general operarán con normalidad, reforzando su capacidad para atender la demanda adicional que se presenta en estas fechas.
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Qué vehículos no podrán circular
La restricción incluye a los carros particulares, motocicletas, vehículos de escuelas de conducción, automóviles con pico y placa solidario, taxis que estén bajo restricción ese día, así como vehículos híbridos o dedicados a gas, salvo que estén dentro de las excepciones autorizadas por el Distrito.
El mensaje de las autoridades ha sido claro: la medida apunta especialmente al uso del vehículo individual, buscando reducir la congestión en las principales vías de la capital y promover hábitos de movilidad distintos, al menos durante una jornada completa.
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Excepciones permitidas durante la jornada
A pesar de la restricción, algunos vehículos sí podrán movilizarse sin inconvenientes. Entre las excepciones se encuentran:
- Vehículos de transporte público, incluyendo SITP y TransMilenio.
- Vehículos conducidos por personas con discapacidad o destinados exclusivamente a su transporte.
- Vehículos de emergencia, seguridad y organismos del Estado.
- Transporte escolar, siempre que esté debidamente identificado y prestando servicio.
- Vehículos con capacidad superior a 10 pasajeros y transporte de valores.
Estas excepciones buscan garantizar que los servicios esenciales continúen funcionando y que la ciudad no se paralice completamente, manteniendo el equilibrio entre la restricción y la operatividad urbana.