La noticia de que Aguardiente Amarillo tendrá limitaciones en su distribución dejó pensativo a más de un fiestero, pues, en poco tiempo, logró posicionarse como uno de los licores más vendidos por la Industria Licorera de Caldas (ILC) y favoritos de los consumidores.
Al parecer, la mala noticia dejó con 'guayabo' a los habitantes de Cundinamarca y Bogotá ya que no se permitirá más su distribución y venta; sin embargo, sí estará disponible en otros departamentos del país.
En ese sentido, el problema radicaría en la falta de permisos por parte de los gobernadores de otros departamentos para la venta de tan acogido licor. Según explicó la ILC en un comunicado, los permisos son por 10 años y se pueden prorrogar.
Aunque la licorera argumenta que en el caso de Cundinamarca se le fue otorgado un permiso en 2019, que incluyó al Aguardiente Amarillo, la Dirección de Rentas y Gestión Tributaria adscrita a la Secretaría de Hacienda del Departamento de Cundinamarca expidió el pasado 6 de junio de 2023 la Resolución 797, en la que revoca la distribución de este trago en el departamento.
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"La revocación del permiso se hizo de manera arbitraria, pues no se siguió el proceso de ley para tal fin, afectando el derecho al debido proceso, al no haber solicitado el permiso escrito y expreso para la cancelación del permiso. Adicionalmente, tampoco se otorgaron los recursos de apelación y reposición, para poder controvertir esta medida" , respondió la ILC tras la decisión.
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La controversia se desató cuando C undinamarca revocó el permiso para la comercialización del aguardiente Amarillo de Caldas, producido por la Licorera de Caldas. El caso ha sido llevado ante la Corte Constitucional por una demanda presentada por el exsuperintendente Pablo Felipe Robledo y el abogado Jorge Enrique Sánchez, cuestionando el artículo de la ley que regula el monopolio rentístico de licores.
El gerente de la Licorera de Cundinamarca explicó en Blu Radio que la prohibición no ha sido impuesta por ellos, sino que se trata de un acto administrativo de la dirección de rentas departamental. Según Machuca, el aguardiente Amarillo de Caldas no cumplió con los requisitos establecidos en la Ley 1816.
"El aguardiente Amarillo de Caldas no cumplió con los requisitos de la Ley 1816, que establece las condiciones para la comercialización de licores en el departamento (Cundinamarca)" , dijo Machuca.
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