En los últimos tiempos, unapráctica sexual conocida como 'cruising' ha generado controversia y preocupación en la ciudad de Bogotá. El 'cruising' implica tener relaciones sexuales en lugares públicos, como parques, centros comerciales, lotes baldíos, bosques, playas, baños públicos, y otros espacios similares. A pesar de que se considera una parte de la vida privada de las personas, las autoridades y la ciudadanía se inquietan cuando esta actividad transgrede los derechos de los demás o pone en riesgo la seguridad pública.
Si bien el 'cruising' no es una práctica nueva en Bogotá, ha cobrado notoriedad recientemente gracias a la difusión en Internet y las redes sociales de guías y mapas que detallan los lugares favoritos para llevar a cabo estas actividades con desconocidos. Se establecen códigos de comunicación entre quienes participan en el 'cruising', lo que facilita los encuentros y acuerdos previos.
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Uno de los lugares más mencionados es el Parque Nacional, que ha sido escenario tanto de encuentros sexuales consensuados como de hechos lamentables de abuso sexual . Las conversaciones en línea proporcionan recomendaciones para aquellos que deseen participar en el 'cruising' en este sitio, incluyendo sugerencias sobre el mejor momento para hacerlo y la importancia de llevar condones y compañía.
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Las quejas sobre esta práctica en espacios públicos se han vuelto cada vez más recurrentes. Carlos Villamil, un ciudadano preocupado, ha instado a la administración del Centro Comercial Parque Colina a reforzar la seguridad en los baños masculinos debido a la presencia constante de personas realizando 'cruising' en esos espacios. La situación ha generado inseguridad y molestias, especialmente para las personas con niños.
El Centro Comercial Parque Colina respondió a las preocupaciones de la comunidad, indicando que se ha iniciado un plan de acción para abordar este problema social. Sin embargo, también señalaron que los baños no tienen videovigilancia por respeto a la privacidad de los usuarios.
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Desde el punto de vista legal, el 'cruising' no se considera un delito en sí mismo, ya que implica encuentros consensuados entre adultos. No obstante, las actividades que generen molestias a la comunidad, como actos sexuales de exhibicionismo en lugares públicos, están tipificadas en la Ley 1801 del Código de Convivencia de Bogotá, y pueden resultar en multas de hasta 618,000 pesos para cada persona involucrada. Desde la implementación de esta ley en 2017, se han emitido 3,123 comparendos por situaciones relacionadas con el 'cruising' en la ciudad.
A medida que la práctica del 'cruising' se generaliza en espacios públicos de Bogotá, las autoridades y la comunidad trabajan juntas para abordar las quejas y garantizar el respeto a los derechos y la seguridad de todos los ciudadanos.
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