¿Se puede votar usando la camiseta de tu candidato favorito este 31 de mayo? Con la llegada de las elecciones presidenciales en Colombia, el entusiasmo de los ciudadanos se toma las calles.
Muchos votantes desean manifestar su apoyo político luciendo prendas, gorras o accesorios alusivos a sus campañas preferidas el día de los comicios.
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Sin embargo, asistir a los puestos de votación con este tipo de vestimenta puede truncar tu jornada electoral. Aquí te explicamos detalladamente qué dice la ley y a qué sanciones te expones.
La prohibición absoluta de propaganda electoral
El Ministerio del Interior y la Registraduría Nacional del Estado Civil son claros en sus directrices de orden público. Durante el domingo de votaciones está totalmente prohibida la exhibición de cualquier tipo de propaganda política.
Esto incluye camisetas, gorras, chaquetas, bufandas, tapabocas o distintivos que tengan el logotipo, colores exclusivos, nombre o imagen de algún candidato presidencial o partido político.
Esta restricción no se limita únicamente a las prendas de vestir. Tampoco se permite la distribución de volantes, folletos o el uso de microperforados en vehículos cerca de los puestos de votación. La norma busca garantizar la neutralidad del espacio y evitar que se ejerza cualquier tipo de presión psicológica o visual sobre los ciudadanos que aún no han decidido su voto.
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¿Qué pasa si llevas una camiseta de tu candidato?
Si intentas ingresar a tu puesto de votación portando una prenda alusiva a una campaña, la Policía Nacional o los testigos electorales te detendrán en los filtros de entrada. Las consecuencias inmediatas son:
- Restricción de ingreso: No se te permitirá el acceso a las urnas hasta que te cambies de prenda o te quites el elemento publicitario.
- Decomiso del material: Las autoridades retirarán cualquier tipo de publicidad que intentes ingresar de manera oculta.
- Comparendos económicos: El desacato a estas medidas de orden público acarrea multas basadas en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
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La única excepción permitida para los votantes
La ley contempla una única ayuda para el ciudadano en el cubículo de votación. Se permite el ingreso de un elemento de ayuda impreso, como un papel pequeño, cuyas medidas máximas deben ser de 10 centímetros de largo por 5.5 centímetros de ancho.
Este papel debe ser estrictamente para uso personal (para recordar el número o la casilla del candidato) y no puede ser exhibido públicamente ni distribuido a otras personas dentro del recinto electoral.
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Otras restricciones clave para el 31 de mayo
Para asegurar el correcto desarrollo de la jornada democrática, recuerda que también rige la Ley Seca, la cual prohíbe la venta y el consumo de bebidas alcohólicas en todo el territorio nacional. Asimismo, está prohibido el uso de teléfonos celulares y cámaras fotográficas dentro del cubículo de votación, con el fin de proteger el secreto del voto.
En conclusión, la mejor recomendación para este domingo es vestir ropa neutra y sin mensajes políticos. Si quieres lucir los símbolos de tu campaña, hazlo en espacios privados o una vez se cierren las urnas a las 4:00 p. m. Cumplir las normas garantiza tu derecho al voto sin contratiempos.