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Muchos trabajadores podrían perder su empleo por este nuevo fallo de la Corte

Un trabajador despedido, según él, sin justa causa, presentó una tutela que no prosperó lo que alerta a que las personas que cometan estos actos podrían quedar sin trabajo.

Grupo de trabajadores en una fábrica de pescado
Grupo de trabajadores en una fábrica de pescado
Hispanolistic/Getty Images

En Colombia, un reciente fallo de la Corte Constitucional encendió un debate en torno a la seguridad laboral y los derechos de los trabajadores. La decisión se ha convertido en un punto de referencia en casos de despido relacionados con el consumo de sustancias alucinógenas durante el horario de trabajo, especialmente en sectores donde el riesgo es elevado.

El caso puesto en el centro de la discusión es el de Alfonso, un operario de grúa que fue despedido luego de ser encontrado bajo los efectos de una sustancia alucinógena mientras trabajaba. La controversia surgió cuando Alfonso decidió llevar su caso ante la Corte Constitucional, argumentando que su despido no solo afectaba su empleo, sino su tratamiento médico y su derecho al libre desarrollo de la personalidad.

El viernes 30 de agosto, la Corte emitió un fallo en el que determinó que el consumo de sustancias psicoactivas es una causa válida para el despido en sectores laborales donde se manejan altos niveles de riesgo. Este fallo ha generado preocupación en el ámbito laboral, ya que establece un precedente que podría afectar a muchos trabajadores en situaciones similares.

El análisis de la Corte se centró en la necesidad de equilibrar los derechos individuales con la obligación de garantizar la seguridad en el lugar de trabajo. Aunque se reconoció la importancia de proteger los derechos laborales, la Corte fue enfática en que estos no pueden comprometer la seguridad de otros empleados.

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De acuerdo con el fallo, la empresa actuó conforme a la ley al despedir a Alfonso, amparándose en el artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo, que permite el despido por justa causa cuando el comportamiento del trabajador pone en riesgo su vida o la de sus compañeros.

El fallo también destacó que la empresa había realizado capacitaciones a Alfonso sobre los riesgos del consumo de sustancias alucinógenas y las posibles consecuencias de trabajar bajo sus efectos. A pesar de estos esfuerzos, Alfonso incumplió con las normas de seguridad establecidas por la compañía, lo que llevó a su despido.

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La Corte determinó que, aunque el consumo de la sustancia se produjo fuera del horario laboral, este afectó significativamente las capacidades motoras y de atención de Alfonso, aumentando el riesgo de accidentes en su puesto de trabajo. El tribunal enfatizó que es responsabilidad del empleador garantizar un ambiente laboral seguro y tomar medidas preventivas cuando la seguridad de los trabajadores esté en riesgo.

Este fallo ha sentado un precedente importante, indicando que, en situaciones donde la seguridad laboral está en juego, las empresas tienen el derecho y la obligación de actuar conforme a la ley. La decisión de la Corte envía un mensaje claro a todos los sectores laborales de alto riesgo: el consumo de sustancias psicoactivas no será tolerado si pone en peligro la integridad de los trabajadores y el entorno laboral.

Ante este nuevo escenario legal, muchos trabajadores podrían verse afectados, ya que las empresas ahora cuentan con un respaldo judicial sólido para proceder con despidos justificados en casos similares.

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