A través de la Resolución 5130 de 2023 y las actualizaciones proyectadas por el Ministerio del Trabajo para 2026, se conoció que el Gobierno busca garantizar los derechos fundamentales como un salario digno, acceso a pensión y protección contra riesgos laborales.
De igual forma, se conoció que esta medida impactará a más de 104.000 internos distribuidos en 125 centros penitenciarios del país. Por lo cual, el Ministerio de Trabajo mencionó los beneficios que tendrían los presos del país, pero, a su vez, qué condiciones deben cumplir para esto.
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Se conoció que uno de los pilares de esta reforma es la eliminación del trabajo gratuito, tanto es así que el Mintrabajo fue enfático en destacar que ninguna persona privada de la libertad podrá trabajar sin recibir una compensación económica. Para ello, definió tres modalidades de trabajo:
- Trabajo Directo: Es aquel realizado para el establecimiento penitenciario, además la remuneración será proporcional al tiempo trabajado y se actualizará anualmente según el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
- Trabajo Indirecto: Realizado para entidades públicas, privadas o personas naturales, en este caso será acorde a un salario mínimo.
- Trabajo Independiente: El interno adquiere sus propios materiales para desarrollar actividades por cuenta propia.
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¿Qué otros beneficios tendrán los presos según el Ministerio de Trabajo?
Por otro lado, se conoció por medio de la resolución permitiría que los presos coticen a seguridad social. Tanto es así que se conoció que aquellas personas que estén privadas de la libertad y reciban una remuneración igual o superior al salario mínimo, será obligatorio el aporte al Sistema General de Pensiones.
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Sin embargo, para aquellos que ganen menos de un salario mínimo y sean menores de 65 años, el Gobierno ofrece la vinculación al programa de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS) de Colpensiones. Gracias a esto, el Estado suma un subsidio del 20 %, garantizando un ingreso de por vida al finalizar su etapa productiva.
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Sumado a esto, también se conoció que la resolución del Ministerio del Trabajo establece que la jornada de trabajo no podrá superar las ocho horas diarias, respetando el derecho al descanso como parte fundamental del proceso de resocialización.
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Además, todos los internos que trabajen deberán estar afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales. Esta cobertura garantiza protección estatal frente a posibles accidentes o enfermedades derivadas de su actividad laboral dentro de las cárceles.