Si vives en arriendo en Colombia, seguro te has hecho esta pregunta al final del contrato: ¿tengo que entregar el apartamento pintado?
No te dejes confundir; la respuesta no es un "sí" por defecto, sino que depende de lo que dicte la Ley 820 de 2003 y el Código Civil. Aquí te explico las reglas del juego para que no termines pagando lo que no te corresponde.
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¿Cuándo te toca sacar la brocha? (Reparaciones Locativas)
Según el Artículo 2029 del Código Civil, como inquilino eres responsable de las "reparaciones locativas". Esto significa que debes mantener el inmueble en el mismo estado en que lo recibiste, descontando, por supuesto, el desgaste natural del tiempo.
Debes pintar si estás en estos casos:
- Daños por descuido o mal uso: Si las paredes tienen manchas de grasa, rayones de muebles, dibujos de niños o si hiciste demasiados huecos para colgar cuadros.
- Cambios de color sin permiso: Si te dio por pintar una pared de azul marino sin autorización por escrito del dueño, la ley te obliga a devolverla al color original antes de irte.
- Humo y suciedad extrema: El deterioro causado por el cigarrillo o la falta de aseo en la cocina se considera un daño que debes reparar tú.
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¿Cuándo es responsabilidad del dueño? (Mantenimiento y Estructura)
Por otro lado, el Artículo 1985 del Código Civil deja claro que al arrendador le toca mantener la vivienda en estado de "habitabilidad". Esto incluye asumir los costos de pintura cuando el daño no es tu culpa.
El propietario paga la pintura cuando:
- Hay desgaste natural: Si llevas 3 o 4 años viviendo allí y la pintura se ve opaca o se salta por el sol, eso es uso normal. No tienes por qué pagar por el paso de los años.
- Fallas estructurales: Si una filtración de agua o una humedad en la placa dañó la pared, el arreglo y la pintura nueva corren por cuenta del dueño.
- Estado inicial: El inmueble debe entregarse con pintura apta al inicio. Si lo recibiste feo, no esperes que te exijan entregarlo como nuevo.
El Acta de Entrega: Tu escudo legal
Para que no te cobren de más, el inventario inicial es clave. Si en el acta dice que la pintura estaba "en buen estado", se asume que así debe volver, restando el desgaste lógico.
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Consejo: toma fotos y videos detallados el día que recibas las llaves y guárdalos como tesoro. Si hay pelea, la Superintendencia de Industria y Comercio o un centro de conciliación usará esas pruebas para decidir.