La historia judicial del caso de Jaime Esteban Moreno sigue sumando capítulos. Horas después de entregarse voluntariamente en Cartagena, Ricardo González Castro, señalado como el segundo implicado en la golpiza que acabó con la vida del joven universitario, enfrentó las audiencias de legalización de captura e imputación de cargos. Sin embargo, el procesado decidió no aceptar los cargos por el delito de homicidio agravado doloso.
De acuerdo con la Fiscalía, la madrugada del 31 de octubre, González y Juan Carlos Suárez Ortiz, capturado en flagrancia días antes, habrían actuado de forma coordinada al atacar a Moreno en la calle 64 con carrera 15, luego de un altercado que comenzó frente a la discoteca Before Club, en Chapinero.
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Según el relato de la fiscal del caso, ambos implicados retomaron la agresión en un segundo enfrentamiento, en el cual Suárez golpeó nuevamente a Jaime Esteban, mientras González le propinó una fuerte patada en la espalda que lo derribó al suelo. En ese momento, los dos continuaron atacándolo con patadas dirigidas a la cabeza y el tórax, incluso cuando la víctima ya sangraba y estaba en estado de indefensión.
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El dictamen de Medicina Legal determinó que los múltiples golpes causaron un trauma craneoencefálico severo, el cual derivó en la muerte del joven de 20 años, estudiante de la Universidad de los Andes. Por esa razón, la Fiscalía imputó a González el delito de homicidio agravado doloso en calidad de coautor, bajo los artículos 103 y 104 del Código Penal, incluyendo el agravante de haber colocado a la víctima en situación de indefensión.
La pena contemplada por este delito oscila entre 400 y 600 meses de prisión, es decir, de 40 a 50 años. La fiscal precisó que, en caso de aceptación de cargos, la condena podría reducirse a la mitad.
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Durante la audiencia, el abogado de la familia de Jaime Esteban Moreno, Francisco Bernate, pidió que la Fiscalía considerara más circunstancias de agravación. Argumentó que el ataque fue un acto de intolerancia en el que la vida del joven “no tuvo valor alguno para sus agresores, quienes lo golpearon en plena vía pública hasta causarle la muerte”.
Bernate insistió en que los hechos ocurrieron en horas de la madrugada y en un lugar solitario, lo que constituye una forma de ocultamiento y demuestra la ventaja con la que actuaron los responsables. Según explicó, esta agravante debe comunicarse entre coautores, tal como lo establece el artículo 62 del Código Penal.
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Defensa de Ricardo González cuestionó la imputación
Por su parte, la abogada defensora de Ricardo González, Marcela López, puso en duda varios puntos de la acusación. Solicitó que la Fiscalía precisara si el agravante se fundamentaba en colocar a la víctima en indefensión o en aprovecharse de ese estado, así como cuál fue el hecho específico que provocó esa condición.
También pidió claridad sobre el presunto acuerdo común entre los implicados, afirmando que no se explicó con suficiente detalle cómo se habría dado esa coordinación ni quién habría impulsado la agresión. Además, la defensa consideró que las agravantes mencionadas —como la superioridad numérica y el ocultamiento— no estaban debidamente sustentadas.
López calificó la imputación de la Fiscalía como “excesiva” y aseguró que su cliente no tenía antecedentes judiciales ni antecedentes de violencia. Según su declaración, el proceso debía enfocarse en una aplicación equilibrada de la ley penal, sin motivaciones externas o presiones sociales.
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— Focus Noticias (@focusnoticia) November 11, 2025
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