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El SENA otorga beneficios a vigilantes para 'mejorar' su trabajo; ley lo ordena

El Gobierno y el sector empresarial impulsan una estrategia para elevar el estándar de la seguridad privada en todo el territorio nacional.

Ley y el SENA otorgan beneficios a vigilantes para 'revolucionar' su trabajo
Ley y el SENA otorgan beneficios a vigilantes para 'revolucionar' su trabajo
Foto: Labs.google

En Colombia la presencia constante del personal de seguridad y vigilancia es innegable. Estos profesionales son, en muchas ocasiones, el primer rostro que encontramos al iniciar el día, ya sea en conjuntos residenciales o en edificios corporativos.

A pesar de su crucial rol en la seguridad y el orden, existe un conocimiento limitado sobre el andamiaje legal que enmarca su labor.

Puedes leer: Celadores en conjuntos residenciales ya no podrán hacer esta práctica común; se los prohíben

La estructura regulatoria que rige a este sector clave se encuentra principalmente en la Ley 1920 de 2018.

Esta normativa no solo establece un "marco regulatorio para el adecuado desempeño de la labor del personal operativo de vigilancia", sino que también funciona como el "marco jurídico para el ejercicio de la inspección, control y vigilancia" sobre las cooperativas especializadas que prestan el servicio de seguridad y vigilancia privada.

Bajo esta legislación, el personal operativo de vigilancia y seguridad privada se define como el conjunto de personas dedicadas al desarrollo de las actividades de vigilancia y seguridad privada.

Estos individuos están vinculados a los prestadores de servicio, que incluyen tanto a las empresas de seguridad y vigilancia privada como a las cooperativas especializadas de vigilancia y seguridad privada.

Una disposición fundamental de la ley establece que, para que el personal pueda prestar sus servicios de manera efectiva, deben acreditar periódicamente sus aptitudes psicofísicas.

Cómo es la alianza del SENA con empresas para vigilantes

El avance más significativo que la Ley 1920 de 2018 impone al sector y que marca un hito en la historia laboral de Colombia se centra en el artículo 11, dedicado a la profesionalización de la actividad.

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Este mandato legal transforma la capacitación de los vigilantes de una práctica empírica a un desarrollo formal, contando con el respaldo fundamental del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).

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El SENA tiene ahora la obligación legal de implementar un pénsum académico diseñado específicamente para elevar los estándares de cualificación dentro del sector.

Este proceso formativo está diseñado en ciclos estructurados. Los ciclos de formación obligatoria son:

  1. Ciclos de competencias laborales.
  2. Técnico en seguridad.
  3. Tecnólogo en seguridad.

Los beneficiarios directos de la profesionalización incluyen a los guardias de seguridad, supervisores, escoltas, operadores de medios tecnológicos y manejadores caninos, adaptando el pénsum a su labor específica.

Para lograr la efectiva implementación de este pénsum académico en sus diferentes ciclos (competencias laborales, técnico y tecnólogo), la ley faculta al SENA a celebrar convenios.

Estos acuerdos pueden establecerse directamente con las Empresas de Vigilancia y Seguridad Privada y con las Cooperativas Especializadas de Vigilancia y Seguridad Privada.

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El acceso a estos ciclos de profesionalización del SENA está sujeto a un proceso específico. Los profesionales interesados en avanzar en su titulación deben realizar el proceso de inscripción y selección por medio de convocatorias.

Estas convocatorias son abiertas y se llevan a cabo en determinadas fechas a lo largo del año.

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De hecho, el SENA confirmó a RED + que existe un programa técnico activo enfocado en estos temas. Dicho programa se denomina "seguridad en instalaciones", abordando aspectos relevantes y especializados para el ejercicio de la vigilancia.