
Ley agrega dos festivos más para el 2026; millones ya planean sus vacaciones
Con el calendario de Colombia para 2026, los trabajadores tendrán la oportunidad de planear más días de descanso en familia.

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Este pasado lunes 16 de octubre se llevó a cabo la celebración del Día de la Raza, fecha en la cual los colombianos volvieron a disfrutar un feriado después de 56 días, sin un fin de semana largo. Ante esto se conoció que una ley nacional que para el próximo año agrega dos festivos más para el 2026.
Dichas modificaciones se deben a la Ley Emiliani (ley 51 de 1983), la cual menciona que las gran cantidad de feriados en el país deben ser trasladados a los lunes más cercanos, con el fin de provocar tres días de descanso consecutivos, siendo el caso de sábado, domingo y lunes.
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Con esto, los colombianos ya han disfrutado de 12 días festivos en el año. Estos fueron: enero (1 y 6), marzo (24), abril (17 y 18), mayo (1), junio (2, 23 y 30), agosto (7 y 18) y octubre (13). Aún restan cuatro feriados: el 3 y 17 de noviembre, el 8 de diciembre y el 25 del mismo mes. En total, Colombia tendrá 16 días festivos en 2025.
Sin embargo, se conoció que para el 2026, se contabilizaron un total de 18 festivos debido a que algunas festividades este año en curso terminaron cayendo un domingo.
Para el 2026, se van a incluir las festividades del Día del Sagrado Corazón de Jesús y el Día de San Pedro y San Pablo, los cuales se conmemoran por separado el 15 y 29 de junio, respectivamente. Sumado a esto, el 20 de julio vuelve a caer un lunes.
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Tanto es así que para el siguiente año van a haber 18 feriados, donde 11 de estos serán puentes. Por lo cual, los trabajadores pueden comenzar a programar sus vacaciones, dado a la gran cantidad de festivos que hay, los cuales serán oficializados por el Ministerio de Hacienda dentro de muy poco.
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De igual forma, esta modificación también afectará uno de los festivos más importantes para los colombianos, el cual es el Día de Reyes. Por la misma ley Emiliani, este feriado se termina corriendo para el lunes 12 de enero, debido a que caerá un martes.
“El descanso remunerado del seis de enero, diecinueve de marzo, veintinueve de junio, quince de agosto, doce de octubre, primero de noviembre, once de noviembre, Ascensión del Señor, Corpus Christi y Sagrado Corazón de Jesús, cuando caiga en día lunes, se trasladará al lunes siguiente”, menciona la ley 51 de 1983.